Competencia abre expediente sancionador contra Asemtrasan y la Asociación de Consignatarios del puerto de Santander

Tras la investigación de sus sedes el pasado 8 de mayo, la CNC entiende que "pueden haberse dado conductas anticompetitivas, de fijación de precios y de limitación de la prestación del servicio de transporte por carretera de mercancías en Cantabria".

11/07/2013 a las 11:12 h

Actividad frenética muestra la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) contra el sector de transporte español. Si ayer martes abría expediente sancionador a un total de 7 empresas de transporte frigorífico y a la patronal Atfrie, este miércoles 10 hace lo propio contra la Asociación de Empresarios de Transportes Discrecionales de Mercancías por Carretera de Santander y Cantabria (ASEMTRASAN) y la Asociación de Consignatarios y Estibadores de Buques del Puerto de Santander por posibles prácticas restrictivas de la competencia.

La Dirección de Investigación de la CNC entiende que en ambas patronales pueden haberse dado posibles conductas anticompetitivas, consistentes en la fijación de precios y la limitación o el control de la prestación del servicio de transporte por carretera de mercancías con origen o destino en Cantabria.

La Dirección de Investigación inició una información reservada con el fin de determinar, con carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador por posibles conductas anticompetitivas en la prestación de servicios de transporte terrestre de mercancías con origen o destino en el Puerto de Santander.

En el marco de dicha información reservada, el día 8 de mayo de 2013 la Dirección de Investigación realizó inspecciones en las sedes de la Agrupación Empresarial de Transportes de Cantabria (AETRAC), ASEMTRASAN y la Asociación de Consignatarios y Estibadores de Buques del Puerto de Santander.

De la información obtenida puede deducirse que “existen indicios racionales de infracción, por parte de ASEMTRASAN y de la Asociación de Consignatarios y Estibadores de Buques del Puerto de Santander, del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”, asegura en un comunicado la CNC.

Como suele advertir el organismo, la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC.

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