El Gobierno aprueba los acuerdos adoptados por el Comité de Seguridad Marítima de la OMI

El Consejo aprueba acuerdos sobre el ruido a bordo de los buques, la seguridad de las personas, de los contenedores y de la naves de gran velocidad.

23/03/2015 a las 0:36 h

Movimiento de contenedores en los muelles del puerto de Valencia

El Consejo de Ministros del viernes 20 de marzo ha aprobado cuatro Acuerdos, este viernes 20 de marzo, en torno a las medidas adoptadas por el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI) en sus reuniones de septiembre de 2012 y junio de 2013.

Así, se toma conocimiento del Código sobre niveles de ruido a bordo de los buques, de diversas enmiendas a Convenios internacionales para la seguridad de la vida humana en el mar y sobre la seguridad de los contenedores, así como al Código de seguridad para naves de alta velocidad.

Niveles de ruido a bordo de los buques

El Código sobre niveles de ruido a borde de los buques impone niveles máximos de ruido aceptables, según la zona del buque, y es aplicable a los buques nuevos de arqueo bruto igual o superior a 1.600, mientras que la aplicación del Código para los buques de arqueo menor a 1.600 se deja a discreción de la Administración.

De conformidad con lo dispuesto en esta norma, que entró en vigor el 1 de julio de 2014, se establece que los buques se construirán de forma que se reduzca el ruido a bordo y se proteja al personal de los ruidos.

Seguridad de la vida humana en el mar

La OMI también adoptó en noviembre las Enmiendas al Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (Convenio SOLAS).

Entre otros aspectos, las Enmiendas revisan los requisitos de resistencia al fuego de los mamparos y las cubiertas de los espacios de carga y categoría especial de los buques de pasaje que no transporten más de 36 pasajeros, introduciendo también nuevos requisitos de los sistemas de extinción de incendios.

Además, establecen que todos los buques nuevos y existentes cumplirán con los planes y procedimientos específicos de recuperación de personas en el agua, teniendo en cuenta las guías desarrolladas por la OMI.

Código de seguridad para naves de gran velocidad

En junio de 2013, el Comité de Seguridad Marítima aprobó las Enmiendas al Código internacional de seguridad para naves de gran velocidad (NGV) 1994.

Las Enmiendas modifican el capítulo 18 del citado Código e incluyen nuevas prescripciones en la formación de la tripulación, detallando el alcance respecto al conocimiento en la entrada y salvamento en espacios cerrados.

Convenio sobre la seguridad de los contenedores

El último de los Acuerdos del Consejo de Ministros hace referencia a las Enmiendas al Convenio internacional sobre la seguridad de los contenedores, 1972 (CSC), aprobadas en junio de 2013.

Estas introducen cambios en la información que contiene la 'placa de aprobación' y una aclaración sobre las marcas de contenedores con capacidad reducida de apilamiento o rigidez transversal.

Además, recogen una nueva tabla con respecto a los defectos de los componentes vulnerables de la estructura de los contenedores.

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