El puerto de Marín no podrá recurrir de nuevo ante el Supremo por 'los rellenos'

La Abogacía del Estado puede recurrir ahora en queja al Supremo para tratar de que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia decida si quiere volver a intervenir en el asunto.

09/03/2015 a las 22:20 h

Puerto de Marin

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, TSXG, ha vuelto a rechazar un recurso de la Abogacía del Estado para evitar el derribo de los rellenos en el puerto de Marín, decretados por sentencia judicial del Tribunal Supremo tanto en el procedimiento original como en el de ejecución.

Una vez resuelto a favor de los derribos el procedimiento de ejecución, la Abogacía del Estado quiso tramitar el año pasado un incidente de nulidad, rechazado en septiembre con amenaza expresa del TSXG de imposición de multas si no se empezaban a dar pasos para levantar los derribos.

Esa decisión fue recurrida ante el propio tribunal gallego, que en enero reiteró su posición y que ahora niega la remisión del expediente al Supremo para intentar revertir la orden de demolición pendiente desde el 2009.

"Los autos recaídos en ejecución de sentencias son susceptibles de recurso de casación cuando resuelvan cuestiones no decididas directa o indirectamente en aquella o cuando contradigan lo ejecutoriado", dice en un nuevo auto de marzo el TSXG, que entiende que el caso del puerto de Marín no entra en esa categoría, ya que se ha declarado la ilegalidad de los rellenos hasta en tres ocasiones.

Inejecución de la sentencia

En 2009, el Supremo declaró la ilegalidad de los terrenos conseguidos gracias a los rellenos, aunque, tras años reclamando el cumplimiento de la sentencia, la Plataforma decidió pedir la ejecución del fallo ante el TSJG, que en febrero y en abril de 2013 instaba a que en un plazo de 20 días el puerto ejecutara el fallo.

Sin embargo, este plazo quedó paralizado después de que la Abogacía del Estado y la empresa Cabomar Congelados, que posee una nave en estos terrenos, presentaran un recurso de casación. Por un lado, la mercantil aseguraba no verse afectada por el Plan Especial anulado, mientras que la administración consideraba que el auto del TSJG “excedía el alcance del fallo de la sentencia” que a su juicio “no comporta la demolición de obra alguna y que el Supremo debería dar por ejecutado del fallo dictado por este mismo tribunal en 2009″.

No obstante, en junio de 2014, el Tribunal Supremo reiteraba, en una nueva sentencia, que era necesario retirar los rellenos del puerto de Marín, declarados ilegales por el propio tribunal en 2009, consistentes en 300.000 m² de terreno ganado al mar.

La Abogacía del Estado puede recurrir ahora en queja al Supremo para tratar de que el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia decida si quiere volver a intervenir en el asunto. Además, todavía queda pendiente de resolver la queja el incidente de inejecución presentado por las empresas afectadas, el puerto y la Xunta.

Lo más leído