El Tribunal de Justicia de la UE admite a trámite el recurso contra la flota mínima

La Comisión Europea considera el límite mínimo de tres camiones "discriminatorio contra los pequeños transportistas".

30/10/2017 a las 22:42 h

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha admitido a trámite el recurso interpuesto por la Comisión Europea contra el límite mínimo de tres vehículos para poder ejercer como transportista en España.

En noviembre de 2016, la Comisión Europea anunció su decisión de llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por posible incumplimiento de la Reglamentación europea sobre condiciones de acceso a la profesión de transportista, al considerar que el requisito de flota mínima establecido en la normativa española pudiera resultar desproporcionado, según afirma Fenadismer en un comunicado.

La Comisión considera, como ya explicó en su momento, que este requisito "puede ser discriminatorio contra los pequeños transportistas, que muy a menudo solo disponen de un vehículo y quedan por tanto excluidos del mercado del transporte por carretera".

Al respecto, el Reglamento que establece las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera obliga a las empresas europeas de transporte por carretera a disponer de uno o más vehículos matriculados en el Estado miembro de establecimiento.

Fomento, sin embargo, ha abogado claramente por el establecimiento de una flota mínima de tres vehículos que permita limitar la excesiva atomización del sector español de transporte por carretera y, en este sentido, se ha mostrado favorable, como diversos responsables del Ministerio han manifestado reiteradamente en público, por mantener este requisito en el texto del ROTT que verá la luz en 2018.

De igual modo, El Ministerio de Fomento también está llevando a cabo una campaña en las instituciones europeas para que dicho requisito se plasme en el futuro Paquete de Movilidad, como ya informó Cadena de Suministro en septiembre, con el fin de que no afecte al libre establecimiento de empresas y deje de considerarse una barrera de entrada al mercado de transporte, ya que se aplicaría a todas las empresas por igual independientemente de si están establecidas en España o no.

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