Restricciones al tráfico de transporte de mercancías peligrosas en el País Vasco en 2014

Los vehículos que transporten mercancía peligrosa no podrán circular por las vías públicas del País Vasco los domingos y festivos desde las 08:00 hasta las 24:00 horas, y las vísperas que no sean sábado desde las 13:00 hasta las 24:00 horas.

07/01/2014 a las 2:19 h

Red Itinerarios Mercancias Peligrosas Pais Vasco

El pasado día 24 de diciembre se publicaba en el BOE la Resolución de 16 de diciembre de 2013 por la que se establecen las restricciones de circulación para el año 2014 en el País Vasco. Estas restricciones permanecerán vigentes hasta la entrada en vigor de la orden que establezca las prohibiciones para el año 2015, con excepción de las restricciones por fechas.

En este enlace y en este se recogen un mapa de los itinerarios para los vehículos con mercancía peligrosa y todas las restricciones de circulación, tanto generales como mercancía peligrosa y transportes especiales, previstas para 2014 en el País Vasco. Entrarán en vigor el 8 de enero. 

En concreto, a los vehículos que deban llevar los paneles de señalización de peligro ADR tendrán prohibida la circulación por las vías públicas del País Vasco los domingos y festivos de la Comunidad Autónoma desde las 8:00 hasta las 24:00 horas y las vísperas, no sábados, de estos festivos, desde las 13:00 hasta las 24:00 horas, así como el 31 de julio desde las 8:00 hasta las 24:00 horas. A los vehículos de más de 7.500 kg de MMA que transporten mercancías peligrosas se les aplicarán además las referidas a mercancía general.

Por otro lado, se prohíbe la circulación a los vehículos que para circular requieran de una Autorización Especial los sábados y vísperas de festivos desde las 13:00 hasta las 24:00 horas, y los domingos y festivos del País Vasco desde las 00:00 hasta las 24:00 horas, así como el 31 de julio desde las 8:00 hasta las 24:00 horas.

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