UPTA solicita una revisión de la medida que suprime el sistema de módulos a los transportistas de carretera

Solo los autónomos con una facturación inferior a 150.000 euros podrán optar al régimen de estimación objetiva en la declaración del IRPF en el año 2016, lo que si bien puede ser suficiente en algunos sectores, no lo será para el transporte por carretera.

10/07/2014 a las 10:01 h

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La Unión de Profesionales y Autónomos (UPTA) ha criticado la decisión del Gobierno por la que en 2016 quedarán fuera del sistema de módulos, independientemente de su nivel de facturación, todos los autónomos de los sectores de la Industria, incluida la agroalimentaria, así como la artesanía, la madera y la construcción. Por lo que desde la organización han solicitado una "revisión" de esta medida

El próximo año, podrán optar al régimen de estimación objetiva, más conocido como sistema de módulos, sólo los autónomos que tengan ventas anuales brutas inferiores a 150.000 euros, siempre que no hayan emitido facturas en el año anterior superiores al valor conjunto de 75.000 euros.

Desde la UPTA han señalado que esta limitación puede ser suficiente para que mantengan el sistema por módulos la mayoría de los miembros de este colectivo, pero queda algo reducida para el sector del transporte, en el que los márgenes de rentabilidad son muy escasos.

Con respecto a las retenciones del IRPF, el tipo definitivo para el año 2015 para todos los autónomos cuando emiten facturas para otros empresarios no será del 19%, como se esperaba, sino del 20%, teniendo que esperar hasta 2016 para que este tipo sea efectivo.

La aplicación del tipo reducido del 15% para los que tienen ingresos inferiores a 12.000 euros y emiten facturas habitualmente se conocerá de forma reglamentaria a partir de la entrada en vigor de la Ley, aunque el Gobierno ha anunciado que quizá con otra norma, puede que un Real Decreto Ley, se adelante esta medida al próximo mes de julio.

Desde Upta han señalado que una retención adecuada y justa no debería superar en el tipo general el 17%, ya que esta retención es sobre el bruto, por lo que tiene un efecto superior al menos en un 10%, según explican. Además, ya en el 2008, los Tribunales consideraron el tipo del 18% como "prácticamente confiscatorio", han recordado desde la organización. 

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