A finales de marzo acaba el plazo para presentar el informe anual sobre transporte ferroviario de mercancías peligrosas

Las empresas que realizan transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril tienen que remitir obligatoriamente un informe anual de sus consejeros de seguridad a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

18/01/2018 a las 19:05 h

Los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril o por vía navegable, así como los consejeros de seguridad de las empresas tienen la obligación de redactar un informe anual sobre las actividades que hayan relacionado en relación con el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, según consta en un Real de 1999.

Así mismo, las empresas deben remitir estos informes anuales a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria durante el primer trimestre del año siguiente al que se refiere el informe, y consecuentemente, disponen hasta el próximo 31 de marzo para presentar el informe correspondiente al ejercicio 2017.

Este trámite puede realizarse a través la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, en la que se puede descargar el formulario con el contenido mínimo del informe que regulan las normas legales.

De igual modo, las empresas que transporten mercancías peligrosas por ferrocarril o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dicho transporte deberán comunicar a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria el número e identidad de sus consejeros y las áreas de gestión que tuvieran encomendadas,

Esta gestión se puede también completar a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.

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