Actualizados los importes a cobrar por paralización en el transporte terrestre de mercancías

El Iprem, que sirve de base para fijar los importes a cobrar por paralización en caso de que no se haya pactado expresamente, se ha actualizado con los Presupuestos Generales del Estado para 2022.

04/01/2022 a las 20:19 h

La publicación oficial de los Presupuestos Generales del Estado para 2022 implica la actualización del Iprem, el Indicador Público de Rentas de Efecto Múltiple, que, a su vez, sirve de base para fijar las indeminzaciones por paralizaciónen el transporte de mercancías.

En este sentido, como recuerda la patronal segoviana Asetra, el artículo 22 de la Ley del contrato de transporte terrestre de mercancías establece que, para el caso de que no se haya pactado expresamente una indemnización por la paralización, la cuantía de estos abonos será equivalente al Iprem diario multiplicado por dos por cada hora o fracción de paralización.

Los Presupuestos de 2022 dejan para este año el Iprem diario en los 19,30 euros, mientras que el mensual asciende a 579,02 euros y el anual, a 6.948,24 euros.

Con ello, los importes de paralización quedan establecidos en los 38,60 euros por hora de paralización. De igual modo, para el primer día de paralización, teniendo en cuenta que el máximo computable es de diez horas, la cuantía queda en 38 euros, mientras que para el segundo día de paralización la hora se pagaría a 48,25 euros y el día completo, a 482,50 euros.

Además, si la paralización superase los dos días, se pagarían por hora 57,90 euros y 579 euros por el día completo.

 

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