Acuerdo para un nuevo cálculo del plus de nocturnidad en el convenio de transporte de mercancías de Álava

Los representantes sindicales y empresariales del transporte de mercancías de la provincia de Álava han acordado dar una nueva interpretación al artículo del convenio que regula el plus de nocturnidad.

31/10/2018 a las 0:42 h

Transporte por carretera en el Pais Vasco El convenio colectivo del transporte de mercancías en Álava estará en vigor hasta finales de 2019.

La Comisión Paritaria encargada de la negociación del convenio colectivo del transporte de mercancías por carretera y agencias de transporte de la provincia de Álava se ha reunido este mismo mes para hacer algunas precisiones relativas al cálculo del plus de nocturnidad contemplado en el artículo 29 de este acuerdo laboral vigente desde 2017.

A raíz del encuentro, efectuado a petición del sindicato ELA, el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava publica oficialmente el consenso alcanzado entre los representantes de la Agrupación Alavesa de Transportes, en representación de los empresarios del sector, así como de UGT, CCOO, ELA y LAB, por los trabajadores, para dar una nueva interpretación al artículo 29 del convenio colectivo.

En virtud del pacto, se acuerda que el cálculo del plus de nocturnidad se efectuará multiplicando por 12 el salario base mensual y dividiendo ese resultado por la jornada laboral anual, con lo que finalmente se determina el valor hora, al que se le aplicará un

incremento del 25% para obtener el precio de la hora nocturna.

El actual convenio colectivo del transporte de mercancías por carretera y agencias de transporte de la provincia de Álava entró en vigor en 2017 y estará en funcionamiento hasta finales de 2019, sin que este cambio en el plus de nocturnidad afecte de momento al resto de sus términos.

Lo más leído