Álava establece una fianza genérica para los transportes especiales

Los transportistas podrán cargar todas las operaciones a un aval genérico sin necesidad de duplicar las garantías.

04/01/2017 a las 0:55 h

Transporte especial por carretera en la N1 Álava establece una fianza genérica para el transporte especial.

Orden Foral 1332/2016, de 24 de noviembre, de la Diputación Foral de Álavaque se puede descargar en este enlace (disponible en formato pdf, de 4 páginas y 266 Kb).

La Diputación Foral de Álava ha aprobado el procedimiento para autorizar la constitución de un aval o fianza genérica, a través de la Orden Foral 1332/2016 de 24 de noviembre, para responder a los daños que puedan producirse en las carreteras del Territorio Histórico de Álava como consecuencia de los informes emitidos por el Servicio de Carreteras para la circulación de transportes especiales.

El aval genérico, que asciende a los 150.000 euros, se ha establecido ante el incremento de los viajes y el número de autorizaciones a realizar para poder circular con cargas indivisibles a bordo de vehículos que superan las dimensiones máximas autorizadas.

Según se indica en el texto oficial, desde el ejercicio 2013 se ha producido un repunte en las solicitudes para realizar este tipo de transporte por carreteras alavesas. Por ello, y a petición de las empresas de transporte, se ha creado una fianza genérica para poder hacer frente a los viajes a realizar, similar al procedimiento que ya existe el País Vasco y en Navarra.

De este modo, los 150.000 euros responderán, durante el plazo de un año, de los posibles daños en carreteras, puentes/estructuras, elementos de señalización y balizamientos que se imputen a la operación de transporte.

Durante este plazo, que podrá ser renovado en sucesivos ejercicios, aquellos transportistas a los que ampare dicha garantía deberán indicar en su solicitud el número de aval correspondiente, eliminándose de este modo el depósito de nuevas garantías al Servicio de Carreteras.

La garantía genérica no será válida para transportes con dimensiones tales que por sus características geométricas puedan afectar o precisen de desmontar elementos funcionales de las carreteras, ni para aquellos que superen las 150 toneladas en carreteras convencionales o las 200toneladas en autovías. En tales casos seguirá siendo necesaria una fianza específica.

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