Competencia incoa expediente sancionador contra 24 empresas de palets de madera

La posible conducta anticompetitiva de estas empreas consiste en la adopción de acuerdos para la fijación de precios y determinadas condiciones comerciales, así como el intercambios de información sensible.

02/10/2012 a las 6:47 h

Jornada sobre los Europalets su gestión Solución o Problema

La Comisión Nacional de la Competencia, tras las inspecciones relacionadas desde el 26 de junio, incoa expediente sancionador contra un total de 24 empresas del sector español de los palets de madera, así como contra la Asociación Calipal España, por la posible fijación de precios y condiciones comerciales y por el intercambio de información comercial sensible.

La CNC de acuerdo con la Ley de Defensa de la Competencia inició inspecciones para determinar las circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador. Como resultado de la información reservada realizada, la dirección de investigación ha observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la ley, por lo que ha incoado acordado un expediente sancionador contra 24 empresas del sector de los palets de madera.

Esta conducta se considera como una infracción muy grave que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de las entidades infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

Ahora, se abre un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la Comisión Nacional de la Competencia, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación.

La investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores. Cabe destacar en este sentido la introducción por la nueva Ley de Defensa de la Competencia del programa de clemencia, por el que la empresa que forma parte de un cártel y aporta elementos de prueba que posibilitan a la CNC la detección o la comprobación de la existencia de dicho cártel puede beneficiarse de la exención del pago de la multa o, en su caso, de una considerable reducción del importe de la multa que pudiera corresponderle por su participación en el cártel.

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