Acuerdo entre el CNTC y los cargadores.

La firma de este acuerdo tendrá lugar el próximo martes 19 de abril, una vez que el Ministerio de Fomento haya revisado y analizado los puntos que le competen.

26/04/2011 a las 11:19 h

Once años después de la firma del “Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación de Transporte de Mercancías por Carretera”, la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) y el resto de organizaciones miembro del Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) han alcanzado esta mañana un acuerdo con los representantes de las principales organizaciones de empresas cargadoras, AECOC, Aeutransmer y Transprime.

En el texto se acuerdan los siguientes puntos:

1.- tener presentes los principios establecidos en la aplicación del Código de Buenas Prácticas Mercantiles, consensuado en el año 2000

2.- rechazar rotundamente las prácticas de abuso de posición de dominio por cualquiera de las partes

3.- instar a todas las partes que contratan servicios de transporte de realizar los pagos por el servicio en los plazos máximos establecidos en la Ley de Contrato de Transporte y Ley de Morosidad

4.- instar a cargadores y transportistas a la novación voluntaria de los contratos de larga duración firmados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 15/2009

5.- instar a la aplicación del artículo 38 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías, sobre las cláusulas de revisión del precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del gasóleo

6.- instar a la aplicación de la cláusula de indemnización por paralización del vehículo por causas no imputables al porteador, establecida en el artículo 22 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías

7.- fomentar la transparencia y seguridad en la cadena de transporte promoviendo las reformas legislativas pertinentes para regular el número de operadores de transporte y transportistas que pueden intervenir en una misma operación de transporte de mercancías por carretera

8.- difundir y publicitar los datos resultantes del Observatorio de Costes elaborado por el Ministerio de Fomento

9.- compromiso de llevar al Observatorio de Costes la información sobre el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones contratadas, que publicará semestralmente el Ministerio de Economía y Hacienda en el BOE

10.- exigir de los servicios de defensa de la competencia el control de los mercados y de los criterios con los que las empresas comercializadoras establecen los precios del combustible

11.- solicitar al Ministerio de Industria, la publicación del precio de venta al pœblico medio de referencia del gasóleo, al menos con carácter semanal

12.- solicitar al Gobierno que inicie la tramitación legislativa necesaria para la eliminación del Impuesto venta minorista sobre hidrocarburos de ámbito autonómico y la integración del tramo estatal dentro del impuesto especial de hidrocarburos, tal como pide la Comisión Europea

13.- se pide a la Dirección General de Transportes Terrestres que haga en paralelo un seguimiento constante del cumplimiento, dentro del desarrollo de las relaciones contractuales de la actividad de transporte de mercancías por carretera, incorporando los datos obtenidos al Observatorio de Precios

14.- los abajo firmantes se comprometen a la creación y, puesta en funcionamiento, de una comisión de seguimiento del nivel de cumplimiento de estos acuerdos

La firma de este acuerdo tendrá lugar el próximo martes 19 de abril, una vez que el Ministerio de Fomento, que también lo suscribirá, haya revisado y analizado los puntos que le competen.

Puede descargar aquí el texto del acuerdo alcanzado hoy entre el CNTC y los Cargadores.

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