El Gobierno no aplicará peajes a los camiones en las autovías españolas

Fenadismer valora positivamente el proyecto normativo elaborado por el gobierno español en el que se propone no aplicar ningún peaje a los vehículos de transporte pesado en las autovías y carreteras del estado, con la excepción de las autovías privadas con régimen de concesión.

21/11/2013 a las 6:50 h

bonificaciones a vehiculos pesados en los peajes de la AP-2 y AP-68

Así lo contempla el proyecto de Real Decreto que ha elaborado el Ministerio de Fomento para transponer a la normativa española la Directiva europea 2011/76/UE, denominada coloquialmente "euroviñeta", relativa a la aplicación de gravámenes a los vehículos pesados de transporte por la utilización de las infraestructuras viarias.

El pasado 16 de Octubre la Ministra de Fomento, Dª Ana Pastor, manifestó públicamente su compromiso de no aplicar peajes a los camiones en las autovías estatales“para evitar dañar la competitividad del sector del transporte y del resto del sistema económico español”.

Estas declaraciones fueron en respuesta a la propuesta planteada por Aseta al Gobierno español, en la que  pidieron  la instauración de peajes en las autovías españolas. Con esta medida, pretendían solucionar la actual situación de quiebra económica en que se encuentran algunas autopistas de pago, propiedad, en la mayoría de los casos, de grandes empresas constructoras y de entidades bancarias, las cuales planteaban ser salvadas por el propio Estado.

Según Fenadismer el sector del transporte por carretera, con la actual fiscalidad, soporta más de 21.000 millones de euros anuales, contribuyendo así al mantenimiento de las infraestructuras. Desde la Federación, se ha valorado positivamente la propuesta del Gobierno.

Este proyecto de Real Decreto, que ha sido sometido a consulta de las organizaciones profesionales, establece expresamente la no aplicación de peajes a los camiones por la utilización de las autovías y resto de carreteras que forman parte de la Red General del Estado, con la excepción de las autopistas privadas sometidas a régimen concesional.

El motivo que se expone en el Real Decreto establece de forma tajante que “la legislación estatal española vigente no contempla ningún otro tipo de peaje o tasa por uso en la red de carreteras del Estado diferente al peaje establecido mediante contrato concesional.

En este sentido, el proyecto de Real Decreto establece los criterios de fijación del peaje máximo a cobrar por las concesionarias privadas de autopistas a los vehículos de transporte de más de 3’5 toneladas de MMA. Para su cálculo se deberán tener en cuenta los costes de construcción y financiación, incluyendo los gastos tendentes a mejorar la seguridad vial y medioambiental, y la reducción de la contaminación acústica así como las reparaciones y reformas estructurales que se lleven a cabo en la autopista.

También, el importe del peaje se deberá modular en función de la categoría Euro del vehículo de transporte así como del nivel de congestión de la vía, previéndose la posibilidad de que se aplique un descuento máximo del 13% del peaje a abonar.

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