El Gobierno permite el alquiler de vehículos sin conductor para los profesionales del transporte

El Ministerio de Transportes accede a permitir la apertura de estos establecimientos para garantizar el correcto funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías.

20/03/2020 a las 1:41 h

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana estima que, en durante el estado de alarma, los locales dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor actúan como actividad auxiliar y complementaria del transporte por carretera.

Así pues, con el fin de garantizar el funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, estará permitida la apertura de establecimientos dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor destinados a un uso profesional de los transportistas de mercancías.

No para uso particular

Por otra parte, la apertura de establecimientos de arrendamiento de vehículos sin conductor en los supuestos de arrendamiento de vehículos para uso particular, únicamente estará permitida con el fin de hacer posible la devolución por el arrendatario de los vehículos arrendados en el marco de un contrato celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden.

En todos los casos tendrán que observarse las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio de la enfermedad.

Esta medida tiene el fin de garantizar el transporte de mercancías por carretera para el abastecimiento de la población en las actuales condiciones de confinamiento y limitación de movimientos.

Sin embargo, esta misma semana, diversas asociaciones empresariales del sector han solicitado la apertura de talleres y centros de reparación para vehículos pesados, con la intención de que toda la flota española de transporte disponible pueda ser reparada en cualquier momento y, de esta manera, poder atender al abastecimiento de la población en las mejores condiciones.

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