El puerto de Gijón deberá indemnizar con más de 300 mil euros al exdirector Díaz Rato

El presidente de la Autoridad Portuaria de Gijón, Emilio Menéndez, destituyó al directivo, a 14 meses para jubilarse y después de 11 años en el cargo, quien ha presentado en el juzgado su contrato blindado.

13/11/2012 a las 8:38 h

El puerto de Gijón no se repone de sus problemas económicos. A la deuda acumulada de 465 millones de euros habrá que añadir, la indemnización que tendrá que pagar, de más de 300 mil euros al ex-director de la autoridad portuaria, José Luis Díaz Rato, por su destitución el pasado 20 de octubre de 2011.

El entonces presidente del puerto Emilio Menéndez destituyó al directivo, que llevó a los tribunales el contrato blindado que firmó en 2000 el entonces presidente portuario Miguel Ángel Pesquera. Cabe destacar, que solamente le quedaban al ex director 14 meses para cumplir la edad de jubilación. 

La sentencia del Juzgado de lo Social número tres todavía puede ser recurrida. En el supuesto de perder el recurso, el coste para las arcas del organismo portuario sumaría entonces, si se incluyen los intereses legales, más de 350.000 euros.

Contrato blindado

En el año 2000 Díaz Rato fue nombrado director portuario por el Consejo de Administración. El contrato blindado que firmó contaba con una serie de condiciones. Entre ellas, destaca la indemnización por despido de 45 días por año trabajado, con una antigüedad desde 1993, cuando comenzó en el organismo. Por otro lado, el puerto debía anunciarle en un plazo de tres meses su cese o la recolocación en otro puesto con un 75% de su sueldo fijo o romper la relación laboral recibiendo la indemnización pactada.

Después de 11 años al frente del puerto y a 14 meses de jubilarse, el Consejo decidió destituirlo, con la oferta de reincorporarse a su puesto anterior en el puerto, en concreto el de jefe del Departamento de Explotación, con un salario base que correspondiera según dicha categoría. Sin embargo, Díaz Rato optó por la extinción  del contrato, solicitando la indemnización que por contrato le correspondía.

En la sentencia, la juez acepta la demanda y rechaza los argumentos que contrapuso la Autoridad Portuaria. Asimismo ratifica el argumento de la Autoridad Portuaria de que la legislación establece que todos directores portuarios son altos cargos de la Administración, pero el organismo portuario no puede negar al exdirectivo el derecho a la indemnización porque el contrato, aunque ilegal, lo promovió la propia Autoridad Portuaria de mano de quien entonces la presidía.

Durante el pasado ejercicio, el presidente de la Autoridad Portuaria con el objetivo anular aquel contrato, por ser perjudicial para la Administración, intentó abrir un procedimiento administrativo. La revisión aseguraba que el contrato que se firmó entre el expresidente y Díaz Rato era irregular, sin embargo el plazo para revisarlo expiró en 2004.

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