El puerto de Vigo toma medidas ante la crisis del coronavirus

El Consejo de Administración podrá acordar la reducción de los requisitos de exigencia de tráficos mínimos en las diferentes concesiones cuyo objeto se haya visto afectado por la crisis sanitaria.

30/03/2020 a las 22:01 h

La Autoridad Portuaria de Vigo ha adoptado las medidas necesarias para garantizar la liquidez económica en el sector que permita la continuidad de la actividad de los operadores concurrentes en los puertos en la crisis del Covid-19.

En línea con el Real Decreto-Ley, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico de la pandemia, se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria a todas aquellas declaraciones-liquidaciones de tasas portuarias, cuyo plazo de presentación e ingreso finalice entre la entrada en vigor de la norma y el momento en que finalice la situación de emergencia.

Las empresas tendrán un plazo de seis meses para abonar estos pagos, para los que no se devengarán intereses de demora durante el periodo de aplazamiento. No obstante, para que pueda aplicarse esta norma, es necesario que el volumen de operaciones del deudor no sea superior a los 6.010.121,04 euros en el año 2019 y que la cuantía de la deuda sea menor de 30.000 euros.

En relación a la tasa de ocupación, la exigencia del pago por adelantado se vincula a los plazos que figuren en las cláusulas de la concesión o autorización, aunque pueden ser revisados. Asimismo, se admitirán pagos diferidos cuando se trate de importes devengados en un periodo igual o superior a un año, con los requisitos que marca el Texto Refundido de la Ley de Puertos.

Tráficos mínimos

En cualquier caso, con carácter general, se intentará en las liquidaciones apurar los plazos máximos dentro del límite legal permitido para llevarlas a cabo. Por otro lado, el Consejo de Administración podrá acordar la reducción de los requisitos de exigencia de tráficos mínimos en las diferentes concesiones cuyo objeto se haya visto afectado por la crisis sanitaria.

En este caso, solamente se aplicará a los tráficos mínimos exigidos en el año 2020, por lo que se realizaría mediante una modificación temporal del título concesional con carácter excepcional. Además, la reducción de los tráficos se realizará con criterios de proporcionalidad en relación con los efectos del coronavirus sobre la actividad de la conexión.

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