El sector del transporte por carretera de Huelva firma una subida salarial del 1%

Mediante el convenio colectivo se establece que todas las empresas acogidas al mismo deberán abonar a todo el personal tres pagas extraordinarias.

11/04/2016 a las 20:14 h

Firmado el Convenio de transporte de mercancias de Huelva El convenio ha entrado en vigor el pasado 1 de enero y finalizará el próximo 31 de diciembre.

La Asociación Onubense de Transportes por Carretera y los representantes de los trabajadores de las centrales sindicales CCOO y UGT han firmado un convenio colectivo en el que se contempla una subida salarial del 1%. El convenio, publicado por La Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía en Huelva, ha entrado en vigor el pasado 1 de enero de 2016 y finalizará el 31 de diciembre de este año.

El acuerdo se aplicará a todas las empresas de transportes por carretera, garajes y de lavados y engrases de la provincia de Huelva, excepto aquellas que tengan convenio de empresa en la actualidad o bien formalicen en el futuro un convenio con sujeción al título III del Estatuto de los Trabajadores.

Con respecto a la jornada laboral, esta será de 40 horas semanales de trabajo efectivo o 1.816 horas al año, respetándose los derechos adquiridos en lo que respecta a jornada de inferior duración. Igualmente, en cuanto al salario, los sueldos para el año 2016 han sido incrementados en un 1% respecto a los del convenio inmediatamente anterior.

Las empresas acogidas al actual convenio están obligadas a abonar a todo el personal tres gratificaciones extraordinarias. De esta forma, los trabajadores recibirán 30 días en julio antes del día 20 de dicho mes, 30 días en Navidad y 30 días en la paga de beneficios del mes de marzo, que se abonará el día 20 de dicho mes. Dichas pagas se abonarán a razón del salario pactado en este convenio más el complemento personal y el plus de convenio.

Las pagas extraordinarias se prorratearán de acuerdo con la legislación vigente en lo referente al sistema de cotización a la Seguridad Social. Asimismo, se establece una prima especial de 84,96 eurosa aquellos conductores y demás productores que trabajan entre las 22 horas y las 6 horas en vísperas de Navidad y Año Nuevo.

Las empresas a las que afectará el convenio financiarán a sus trabajadores una póliza de seguros de24.445,10 euros que cubrirá los riesgos de muerte, incapacidad permanente absoluta e incapacidad permanente total, derivadas de accidente, sean o no de trabajo.

La empresa que no contrate ese seguro deberá indemnizar al perjudicado, o sus herederos legales, con una cantidad idéntica al importe mencionado anteriormente. Si la muerte o el accidente de trabajo ocurriese en localidad distinta a la de su residencia, el traslado del productor así como el de su acompañante, será por cuenta de la empresa.

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