El segundo accionista de Aena TCI recurre el acuerdo de la CNMC sobre el aumento de las tasas aeroportuarias

The Children Investment Fund, segundo accionista de Aena, considera que la propuesta de la CNMC "plantea efectos económicos gravísimos tanto para Aena como para sus accionistas".

19/05/2015 a las 20:52 h

Aena con su puesta en valor queda a la espera del capital privado

El fondo británico 'The Children Investment Fund'  (TCI), segundo accionista de Aena con el 7,714% del capital, por detrás del Estado a través de Enaire, que posee el 51%, ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por su acuerdo sobre los criterios para la modificación tarifaria a partir de 2016 y próximos años, ya que supone "un impacto económico acumulado sobre el valor de Aena superior a los 1.000 millones de euros".

En su recurso, TCI considera que la propuesta de la CNMC "plantea efectos económicos gravísimos tanto para Aena como para sus accionistas" y supone un "cambio trascendental, carente de todo fundamento legal y económico en la forma de cálculo de las tarifas aeroportuarias".

Asimismo, considera que "genera una mayor incertidumbre regulatoria, que podría traducirse en un aumento del coste de financiación de Aena"e "inseguridad jurídica" para los inversores en los sectores regulados en España, lo que "desestimula", por tanto, "la inversión en los mercados de capitales españoles".

Por ello, TCI ha solicitado la suspensión cautelar de los efectos del acuerdo del 'superregulador' sobre los criterios tarifarios hasta que se dicte la correspondiente sentencia por la Audiencia Nacional.

Dicho recurso es adicional y complementario al presentado por Aena, el pasado 13 de mayo, en el que el gestor de la red de aeropuertos españoles también solicitaba la suspensión cautelar de sus efectos.

Pide la suspensión y medidas cautelares

TCI, que es titular directamente y a través de otras empresas de su grupo de un 11,1% del capital de Aena y del 7,714% del capital con derechos de voto, entiende que "si no se adoptan medidas cautelares se podría generar un daño irreparable a la economía de Aena".

Además, señala que la CNMC pretende establecer "sin precedentes y sin fundamento alguno" un nuevo mecanismo de cálculo de los costes imputables a las actividades aeroportuarias y a las comerciales, contrario al actual marco regulatorio.

Aena computa la asignación de los costes asociados a actividades aeroportuarias (reguladas) y comerciales (vinculadas a las terminales) de forma separada con el modelo actual de doble caja ('dual till'), vigente en la normativa, e implantado en 2002. De esta forma, el importe de las tarifas se calcula tomando solo en consideración los costes aeroportuarios, sin tener en cuenta ni los ingresos ni los costes de las actividades privadas, vinculadas a terminales, que Aena pacta libremente.

"Sin precedentes internacionales en el sector"

"El acuerdo de la CNMC, sin precedentes internacionales en el sector aeroportuario, supone una ruptura del modelo de caja doble establecido por el vigente marco normativo, al mezclar para el cálculo de las tarifas aeroportuarias los costes aeroportuarios con los costes e ingresos privados", defiende el fondo británico, que critica a la CNMC por no aportar "ningún estudio técnico o económico" que avale que los costes comerciales están siendo infravalorados.

TCI recuerda que Aena utiliza un criterio de reparto objetivo en la asignación de costes aeroportuarios y privados de las terminales, que se calcula en función de la superficie ocupada (metros cuadrados) por cada tipo de actividad, aeroportuaria o privada y que, conforme a ese criterio, los accionistas del gestor de los aeropuertos españoles compraron sus acciones el pasado mes de febrero.

Además, indica que el modelo de caja doble es coherente con el acuerdo alcanzado entre Anea y las aerolíneas para la congelación de tarifas aeroportuarias, garantizado hasta el año 2025, en el nuevo marco regulatorio, el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA), que entrará en vigor en 2017.

"Infringe el actual marco normativo"

Asimismo, subraya que este mismo criterio fue el aplicado para el cálculo de las tarifas aeroportuarias en 2015, tras la supervisión de la CNMC, y respaldado por las entidades que anteriormente tenían las funciones de supervisión en 2014 y 2013 (concretamente, el extinto Comité de Regulación Ferroviaria y Aeroportuaria y la Dirección General de Aviación Civil (DGAC).

Finalmente, apunta que la DGAC ya advirtió de la ilegalidad del criterio de la CNMC por vulnerar el marco normativo y porque suponía una evidente extralimitación de las competencias del 'superregulador', que conforme a la normativa vigente, se limitan a la supervisión de la correcta actualización de las tarifas aeroportuarias.

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