El Supremo anula la orden de suspender el 30% de los vuelos de Barajas sobre una urbanización de Algete

Considera que esta medida no corresponde a lo ordenado en 2013, cuando exigió a la justicia madrileña que obligara al aeropuerto a reducir el ruido.

24/03/2017 a las 1:06 h

Aterrizaje en el aeropuerto madrileño de Barajas El Supremo dará a conocer próximamente su resolución, que fijará las bases que debe seguir la Administración.

El Tribunal Supremo ha anulado el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, TSJM, que ordenaba suspender el 30% de los vuelos del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas que sobrevuelan la urbanización de Santo Domingo, en la localidad madrileña de Algete.

La sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo ha finalizado la deliberación de varios recursos de casación interpuestosen el incidente de ejecución de la sentencia relativa a los ruidos en la cuarta pista del aeropuerto de Barajas.

La Sala ha decidido que, tal y como sostenían los afectados, Aena y la Abogacía del Estado, el auto del TSJM no se ajusta a la sentencia que se trata de ejecutar. En concreto, y tras rechazar que se exija una prohibición absoluta de sobrevuelo en la zona, el Supremo considera que la reducción de los vuelos al 30% tampoco constituye una fiel ejecución de lo ordenado en su día.

Así, próximamente dará a conocer su resolución, que fijará las bases que debe seguir la Administración. En 2008, el Supremo dictaminó que la pista vulneraba el derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos por el ruido que provocan los aviones, y en 2013, ordenó al tribunal madrileño que obligara al aeropuerto a reducir el ruido.

Por ello, en cumplimiento de la sentencia, en diciembre de 2014, el TSJM dictó un auto en el que acordaba como medida de ejecución una reducción del número de sobrevuelos de la urbanización Santo Domingo del 30%, calculado sobre el número de sobrevuelos existente en 2004, que ascendió a 20.730.

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