El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoce la vigencia de las cláusulas del convenio del sector del Transporte de Mercancías de Barcelona

El Tribunal da parcialmente la razón a los sindicatos CCOO y UGT en la demanda de conflicto colectivo presentada contra las patronales catalanas Transcalit y ACET-UNO por la ultractividad del Convenio de Transportes de mercancías de Barcelona.

10/01/2014 a las 3:26 h

protestas de los sindicatos en el SILLa sentencia del Tribunal, que está disponible en el siguiente enlace (en formato pdf, 16 páginas, en Catalán y de 4,7 Mb) reconoce la vigencia del convenio y el deber de negociación de las partes, según han señalado a cadenadesuministro.es responsables del sindicato CCOO de Cataluña.

La única parte de la demanda que no acepta el Tribunal es el derecho de los trabajadores a disfrutar de las condiciones laborales, si bien “esto no tiene ningún efecto práctico porque ya reconoce que el convenio está vigente”, asegura Carlos Pellejero, responsable de acción sindical del sector transporte de CCOO Cataluña.

De esta forma, en opinión del sindicato el TSJC pone en valor el derecho constitucional a la negociación colectiva ante lo que dice la Reforma Laboral sobre la finalización de la ultraactividad de los convenios un año después de la pérdida de vigencia.

La sentencia obliga a las partes, sindicatos y patronal, a respetar la vigencia de las condiciones laborales regidas por el convenio prorrogado tal y como el propio convenio dispone en su cláusula quinta , siguiendo lo establecido en el artículo 86-1 del Estatuto de los Trabajadores , mientras continúan las negociaciones para acordar un nuevo convenio colectivo.

Según dicta la sentencia, estas negociaciones entre sindicatos y patronales no han dejado de realizarse en ningún momento aunque hayan sido conflictivas y con la intervención del la Dirección General de Relaciones Laborales de la Generalitat. Hay que recordar que en el juicio celebrado el pasado 4 de diciembre, las patronales alegaron que las negociaciones estaban rotas desde noviembre de 2011, momento en que se celebró la primera convocatoria de huelga que finalmente desencadenó el acuerdo de eficacia limitada con ACET.

CCOO reconoce que su pretensión y la de UGT con esta demanda “era la declaración de la vigencia del convenio colectivo del sector, así como el mantenimiento de los derechos y las condiciones de trabajo del personal afectado por el convenio hasta que se alcance un nuevo acuerdo”. Además, los sindicatos también reclamaban la declaración del deber de las patronales a continuar negociando un nuevo convenio.

Negociación colectiva por encima de la reforma laboral

Con la sentencia del TSJC, el sindicato CCOO destaca que se pone en valor la negociación colectiva por encima de lo que fija la reforma laboral y denuncia la falta de voluntad negociadora de las patronales del sector del transporte de mercancías, con la intención de dejar morir el convenio y aplicar la reforma laboral rebajando considerablemente las condiciones laborales de los trabajadores. Esta actitud provocó durante el año 2013 la convocatoria de varias huelgas que tuvieron un amplio seguimiento .

Por su parte, las patronales no han hecho declaraciones todavía sobre la sentencia. No obstante, tienen la posibilidad de presentar recurso contra la misma por vía de casación.

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