Cambios normativos
En busca de una nueva normativa contra incendios
Finalizado el período de información pública del proyecto de reglamento de seguridad contra incendio en establecimientos industriales, el sector logístico reclama una norma adaptada a sus necesidades y realmente centrada en la seguridad de las instalaciones.
Lunes, 19/12/2022 por CdS
El plazo para presentar propuestas para la nueva regulación finalizó el 22 de octubre.
El 22 de octubre ha finalizado el plazo para presentar alegaciones al nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI) que está desarrollando el Ministerio de Industria.
Superado este trámite, la norma se acerca a su aprobación definitiva, una vez que Industria decida si incopora las alegaciones recibidas.
El cumplimiento de la normativa contra incendios es uno de los principales quebraderos de cabeza a la hora de poner en marcha cualquier desarrollo inmologístico.
Según la Administración, este proyecto tiene por objeto revisar el marco normativo relativo a la protección contra incendios.
Industria considera que el actual Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales del año 2004 tenía por objeto conseguir un grado suficiente de seguridad en caso de incendio en los establecimientos e instalaciones de uso industrial.
Para ello, el reglamento establece los requisitos que deben cumplir estos establecimientos, de forma que se prevenga la aparición de incendios, o si esto no fuera posible, se limite su propagación y se posibilite su extinción, minimizando los daños que el incendio pueda producir a personas, bienes y medio ambiente.
Con la norma, Industria quiere establecer un nivel adecuado de seguridad en caso de incendio de aplicación en cualquier sector de la actividad industrial ”.
Sin embargo, dada la evolución habida tanto en la técnica como en el marco normativo nacional y europeo, la Administración esstima conveniente revisar y actualizar los requisitos establecidos en el reglamento para adaptarlo a las necesidades y a las soluciones constructivas actuales, y al mismo tiempo, alinearlo con el resto de normativa de productos, instalaciones y edificación.
En consecuencia, según su criterio, se hace necesario aprobar un nuevo Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales que regule las condiciones para establecer un nivel adecuado de seguridad en caso de incendio en los establecimientos industriales con carácter horizontal y de aplicación en cualquier sector de la actividad industrial.
Esta modificación normativa también introduce modificaciones en el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, el Documento Básico DB-SI «Seguridad en caso de Incendio» del Código Técnico de la Edificación, la Orden de 27 de julio de 1999 por la que se determinan las condiciones que deben reunir los extintores de incendios instalados en vehículos de transporte de personas o de mercancías, las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
El Real Decreto que propone Industria consta de un preámbulo, un artículo único, dos disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y diez disposiciones finales.
Posteriormente se incluye el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales, que se compone de dieciocho artículos, agrupados en seis capítulos y finalmente, cinco anexos.

Industria considera pertinente revisar y actualizar los requerimientos de seguridad contra incendio de las naves industriales.
Principales novedades del proyecto
Entre las principales novedades, se ha reescrito el objeto del reglamento y su ámbito de aplicación, actualizando y detallando mejor su contenido. También se ha añadido un nuevo artículo de definiciones.
De igual modo, se han adaptado los requisitos que deben satisfacer los establecimientos industriales para adaptarlos a la normativa actual y para que sea más detallados, en especial en lo relativo a las exigencias básicas que se deben cumplir, así como a los requisitos y documentación que deben tener los productos de construcción.
Por otra parte, se ha desarrollado más a fondo la posibilidad de usar “técnicas de seguridad equivalente”o “diseño prestacional” para ciertos casos particulares que pudieran existir donde sea necesaria una mayor flexibilidad, al mismo tiempo que se debe mantener la seguridad exigida en cada establecimiento, con unas reglas más detalladas.
Así mismo, se ha modificado la periodicidad de las inspecciones, reajustándose su periodicidad y añadiéndose en el reglamento en algunos casos una inspección inicial para la puesta en servicio.
En lo que respecta a la caracterización de los establecimientos industriales, se ha reescrito y reordenado el texto para que, siguiendo una sistemática similar a la que ya se contemplaba en el reglamento anterior, el nuevo texto sea más detallado y fácil aplicar, más preciso, y al mismo tiempo, se eviten posibles ambigüedades. También se han reelaborado las tablas con los valores de referencia.
Los requisitos constructivos que deben cumplir los establecimientos industriales se han adaptado a los cambios en la técnica y al resto del marco normativo actual, y se han reordenado los apartados para dotarlos de mayor claridad, a juicio de Industria.
La opinión del sector inmologístico
Sin embargo, el sector estima que el proyecto del nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI) que elabora el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, no ofrece solución a los problemas actuales de los activos que se construyen en el presente, y agrava los problemas de los edificios existentes.
En este sentido, la Asociación de Promotores, Propietarios y Usuarios de Naves Logísticas de España, Appunle, estima que el proyecto normativo no define claramente la prioridad, ni los objetivos que persigue el regulador, y por el contrario deja fuera de la legalidad la mayoría del parque inmobiliario con más de 18 años y muchos de los existentes.
De igual manera, propietarios, promotores y usuarios de naves industriales critican que no está del todo claro si el objetivo de la nueva norma es salvar vidas o preservar bienes, toda vez que el sistema de categorización de los establecimientos elegido data de los años 70 y no da respuesta a las modernas plataformas logísticas que se construyen en España y en el resto de Europa.
En este contexto, el sector afirma ser el más interesado en la seguridad de los trabajadores y de sus edificios, por lo que reclaman al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que tenga en cuenta sus aportaciones.

El sector logístico es el más interesado en la seguridad de unas instalaciones pensadas para actividades intensivas.
También protección medioambiental
Así pues, el sector ha comprobado que el nuevo reglamento mantiene el objetivo de prevenir el riesgo de daños a personas y bienes, al tiempo que incorpora como objetivo adicional la protección del medioambiente, aunque, de igual modo, han advertido de que algunas de las medidas propuestas por el documento van en contra de este objetivo.
Así mismo, en el plano económico han puesto de ejemplo la exigencia de que todo establecimiento industrial de más de 10.000 m² tenga sistemas de alarma por voz, independientemente de la densidad de ocupación, que en edificios logísticos es bajísima.
Por lo que respecta a la caracterización de los establecimientos y su nivel de riesgo, el principal cambio normativo tiene que ver con la carga de fuego, puesto que ahora incluye nuevas tablas con cargas de fuego de materiales, áreas de producción y volúmenes de almacenamiento.
En esta línea, se ha mantenido el concepto de Nivel de Riesgo Intrínseco, lo que llevará a tipificar todas las naves de almacenaje como de ‘Riesgo Alto 8’ si los parámetros que se evalúan no se modifican, algo que el sector critica, mientras que, por otro lado, se pide que se concreten mejor los materiales de construcción para evitar picaresca.
Para Appunle el proyecto no ofrece solución a los problemas de los activos que se están construyendo y agrava además los de los inmuebles existentes”.
Aprovechar la experiencia de otros países
En lo relativo a la sectorización, evacuación e intervención en caso de incendio, el sector pide que se tome como modelo a otros países europeos en los que hay una reglamentación que salvaguarda la vida de las personas y, a partir de ahí, que sean los propietarios los que toman medidas de seguridad adicionales para salvaguardar sus bienes, con la exigencia por parte de la Administración de la existencia de un seguro que cubra los riesgos a terceros, al menos, así como que se de prioridad el tiempo por delante de la distancia en los procesos de evacuación.
Por lo que respecta a la resistencia al fuego de las estructuras y el sistema de control de temperatura y evacuación de humos, se estima pertinente incidir en la necesidad de que la legislación española obligue a construir estructuras que funcionen bien en caso de incendio, modificando en su caso la norma de construcción CTE DB AE para que incluya los efectos del fuego como una carga más del edificio.
En este aspecto, se percibe que, aunque se mantienen los requisitos generales de la estabilidad al fuego de la estructura en función de la tipología, en la práctica se endurecen los requisitos de los edificios multiinquilino que comparten medianera.
Además, se verán afectados los establecimientos que incrementen su riesgo tras los cambios en el cálculo de nivel de riesgo intrínseco, mientras que, a la par, el reglamento no indica el objetivo del sistema de control de humo, con lo cual no es evaluable la eficacia de los diseños que se realicen.
El sector estima que la norma debe guardar un equilibrio entre las exigencias de seguridad y las necesidades operativas que tiene un sector en el que los plazos juegan un papel destacado.
