Entra en vigor el acuerdo de transporte aéreo entre España y Qatar

Al tratarse de un acuerdo de competencia mixta entre España y la Unión Europea, el acuerdo incluye en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la Unión Europea.

12/10/2011 a las 23:09 h

Aeropuerto de Doha en Qatar

El acuerdo de transporte aéreo entre España y Qatar entró en vigor al ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este convenio fue aprobado el pasado 3 de junio por el Consejo de Ministros, que refrendó la firma que tuvo lugar en Madrid por parte de ambos países el 26 de abril de 2011.

Al tratarse de un acuerdo de competencia mixta entre España y la Unión Europea, el acuerdo incluye en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la Unión Europea.

Para la conclusión de este acuerdo se han cumplido todos los preceptos del Reglamento comunitario de 2004 sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre estados miembros y países terceros.

El acuerdo sigue la fórmula habitual de este tipo de convenios bilaterales sobre servicios aéreos y recoge en su articulado las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional recomienda incluir en dichos acuerdos a sus estados miembros.

Se incluye un marco de frecuencias ilimitado entre ambos países, de forma que las compañías qataríes podrán establecer enlaces con tres puntos en España y las compañías españolas operar hasta siete frecuencias con derechos de tráfico de quinta libertad, a través de un punto intermedio de libre elección.

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