Europa aprueba un mayor control de las empresas de transporte deslocalizadas.

No obstante, el texto aprobado por el Consejo de Transportes, deberá ser ratificado por el Pleno del Parlamento Europeo antes del próximo verano.

07/06/2018 a las 1:25 h

Con el fin de evitar los actuales abusos que llevan a cabo las empresas deslocalizadas que realizan cabotaje de forma continuada en otros Estados miembros, la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo ha aprobado limitar el periodo máximo de cabotaje a 48 horas, tras el cual el vehículo no podrá realizar nuevas operaciones de cabotaje en dicho país hasta que hayan transcurrido 72 horas desde el retorno del vehículo al Estado donde se encuentra matriculado.

En este contexto y en cuanto al cabotaje, la Comisión de Transportes plantea ampliar el ámbito de aplicación geográfica de realización de las operaciones de cabotaje, ya que se podrá realizar tanto en el país de destino del transporte internacional previamente realizado o bien en cualquier país limítrofe.

Limitar la competencia desleal

Asimismo, la Comisión de Empleo ha establecido nuevas medidas de control para limitar la competencia desleal que llevan a cabo las empresas deslocalizadas, por lo que se exigirá que las empresas de transporte tengan una “presencia real y continua” en el Estado miembro donde están domiciliadas, lo que requerirá acreditar que se realizan de forma habitual cargas y descargas de mercancías en dicho país de establecimiento y que dispone de aparcamiento para sus vehículos.

En materia de desplazamiento de trabajadores, la Comisión de Empleo propone limitar su ámbito de aplicación al transporte de cabotaje, y reducir las cargas administrativas exigidas a las empresas transportistas en caso de control de dicha regulación en el país de acogida.

En lo referente a la regulación de tiempos de conducción y descanso, el tiempo semanal de descanso se podrá tomar en un alojamiento adecuado o bien en la propia cabina del vehículo si éste se encuentra estacionado en un área de aparcamiento segura.

Asimismo cada tres semanas de conducción, el conductor tendrá derecho a tomar su descanso semanal en su domicilio o en otro lugar a elección del conductor, pudiendo exceder hasta dos horas el tiempo máximo de conducción diario, que deberá ser compensado con un mayor tiempo de descanso.

En todo caso, el texto aprobado por el Consejo de Transportes, deberá ser ratificado por el Pleno del Parlamento Europeo antes del próximo verano, estando condicionado en todo caso a la posición que adopte el Consejo Europeo, que en la actualidad presenta posiciones enfrentadas entre los diferentes Estados miembros.

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