Fomento establece los servicios mínimos para la huelga de la estiba

Para el puerto de Bilbao, en el que la huelga ha sido convocada para la totalidad de la jornada y no solamente para las horas impares, se ha emitido una resolución específica.

07/03/2017 a las 1:34 h

estibador Maersk Se garantizarán al 100% los servicios que afecten a mercancías perecederas o peligrosas.

La Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento ha emitido una Resolución que establece los servicios mínimos para la huelga de estibadoresconvocada durante las horas impares de los días 10, 13, 15, 17, 20, 22 y 24 de marzo.

El documento recoge que el hecho de que la huelga prevea un cese parcial de la actividad en días alternos probablemente implique que a efectos prácticos, los paros afecten a más del 50% de la jornada laboral. Para el puerto de Bilbao, en el que la huelga ha sido convocada para la totalidad de la jornada de los días indicados, se ha emitido una resolución específica.

Tal y como indica la Resolución, se garantizarán al 100% los servicios mínimos necesarios en las operaciones que afecten a mercancías perecederas o peligrosas, cuya permanencia en el puerto pueda representar un riesgo grave para las personas o instalaciones. Del mismo modo, se atenderán las situaciones de emergencia o siniestros en buques o mercancías.

También se asegurará el abastecimiento, atención sanitaria y suministros especiales y esenciales a los territorios insulares, Ceuta y Melilla, salvo en el caso del puerto de Bilbao.

Asimismo, seguirán efectuándose las operaciones en buques mixtos, con objeto de no perjudicar al servicio de pasajeros de línea regular y se establecerá un rendimiento no inferior al 50% del promedio del año natural anterioren jornada comparable, según horario y tipo de mercancía.

Además, en la instalación portuaria bilbaína, los servicios mínimos incluyen el 50% del nombramiento que se demande a la Sagep por las empresas licenciatarias del servicio portuario de manipulación de mercancías, lo cual deberá dar lugar a equipos habituales para la adecuada realización de las operaciones portuarias.

Ambas resoluciones establecen que Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto en estos documentos, proponiendo las medidas oportunas en caso de que se produzcan incidencias.

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