Fomento intenta resolver las dudas del Comité Nacional sobre la reforma del ROTT

La Dirección General de Transporte Terrestre remite una nota aclaratoria al Comité Nacional para intentar puntualizar algunos de los puntos que más dudas han generado tras la reforma del ROTT.

26/06/2019 a las 23:30 h

camion camiones transporte carretera a dos niveles con bifurcacion en N2 Torrejon El documento ha sido remitido al Comité este mismo mes.

En respuesta a una amplia serie de dudas planteadas el pasado mes de abril por el Comité Nacional del Transporte al Ministerio de Fomento en relación con la aplicación de la reforma del ROTT, la Dirección General de Transporte Terrestre ha remitido una nota para intentar aclararlas.

Así pues, Fomento puntualiza, en relación con el requisito de antigüedad de los vehículos, que el cómputo de la antigüedad media, a efectos de la ampliación o sustitución de flota, se realizará vehículo a vehículo.

Con respecto a la transmisión de autorizaciones, aclara que debe procederse, en primer lugar,a transmitirla autorización y, después,se podrían sustituir, en su caso, los vehículos, sin que se hayan producido grandes cambios al respecto.

De igual modo, el Departamento también puntualiza algunos de los requisitos de acceso a la profesión de transportista, especialmente en el caso de los vehículos, que deberán tenerse en régimen de propiedad, arrendamiento financiero u ordinario, el establecimiento, donde deberán conservarse los documentos contables, de gestión de personal o relativos a los tiempos de conducción y descanso.

También deberán conservarse cualquier otro relacionado con su actividad de transporte, o el requisito de que la empresa cuente con un gestor, que debe cumplirse en todo momento, aunque podrán no cumplir la totalidad de las funciones hasta el 1 de julio de 2020.

Además, el nuevo ROTT permite no exige que el empresario persona física titular de una autorización deba tener él mismo el certificado de competencia profesional, pudiendo cumplir este requisito a través de ungestor contratado.

Por último, Fomento también hace algunas precisiones en relación con las autorizaciones de operador de transporte y de transporte privado complementario, así como con el CAP, tanto en lo que respecta a la formación continua, como en lo tocante al contenido de los cursos.

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