Hacienda aprueba la subida del régimen de módulos para el sector del transporte

La Orden Ministerial publicada en el BOE el pasado 24 de octubre, establece con carácter extraordinario la posibilidad de que los autónomos afectados puedan renunciar al régimen de módulos del IVA hasta el 30 de noviembre.

28/10/2012 a las 20:58 h

Celebración del Pleno del Comité Nacional del Transporte por Carretera

El pasado miércoles 24 de octubre el Boletín Oficial del Estado publicó la Orden Ministerial del Ministerio de Hacienda de revisión de los módulos del régimen simplificado del IVA aplicable a los transportistas autónomos, que será aprobado en las próximas semanas.

En el siguiente enlace, puede descargar la Orden Ministerial 13168 publicada en el BOE  con los nuevos módulos del régimen simplificado del IVA.

Esta modificación, como ya adelantó cadenadesuministro.es en septiembre, se ha producido como consecuencia de la subida del IVA que se produjo desde el pasado mes de septiembre, y que supuso un incremento de tres puntos en el transporte de mercancías, al pasar del 18% al 21%, y de dos puntos en el transporte de viajeros, del 8% al 10%).

Según asegura Fenadismer, la subida de los módulos aprobada es “absolutamente desproporcionada” ya que recoge un incremento del 5,56% para el transporte de mercancías, del 22% para el transporte de viajeros en autobús y del 8,35% para el taxi.

Por ello, la Orden Ministerial establece con carácter extraordinario la posibilidad de que los autónomos afectados puedan renunciar al régimen de módulos del IVA hasta el 30 de noviembre, pasando en tal caso a tributar el IVA por su actividad en el régimen de estimación directa el último trimestre de 2012 y los siguientes tres años. Sin embargo el IRPF continuaría tributando por el régimen de módulos en el ultimo trimestre de 2012 y pasaría a estimación directa a partir de 2013 y los siguientes tres años.

Aquellos autónomos que permanezcan en el régimen de estimación objetiva por módulos deberán regularizar en el cuarto trimestre la cuota anual conforme a los nuevos módulos.

Los nuevos módulos del régimen simplificado del IVA, con efecto retroactivo desde el 1 de septiembre de 2012, quedará como sigue:

• Epígrafe 722: Transporte de mercancías (exento residuos)

Personal empleado: 3.754,76 euros

Carga vehículos: 351,55 euros

• Epígrafe 722: Transporte de residuos

Personal empleado: 1.688,82 euros

Carga vehículos: 157,37 euros.

• Epígrafe 849.5: Transporte de paquetería

Personal empleado: 3.754,76 euros

Carga vehículos: 351,55 euros

• Epígrafe 757: Transporte de mudanzas

Personal empleado: 5.168,39 euros

Carga vehículos: 231,86 euros

• Epígrafe 721.3: Transporte de viajeros en autobús

Personal empleado: 1.473’87 euros

Número de asientos: 69’09 euros

• Epígrafe 721.2: Transporte de viajeros en taxi

Personal empleado: 783 euros

Kilómetros recorridos: 7’02 euros.

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