La autorización de la DGT para transportes especiales debe constar en el documento de control

Fenadismer ha detectado que se están produciendo expedientes sancionadores en transportes especiales que no hacen constar este dato con multas de 401 euros porque es un dato esencial en las operaciones.

03/10/2019 a las 13:46 h

Transporte especial por carretera en la N1 La identificación de la autorización de la DGT es un elemento esencial del documento de control.

La reforma del ROTT aprobada el pasado mes de febrero también tiene efectos sobre los términos del documento de control que han de llevar obligatoriamente todos los transportistas a bordo de sus unidades desde hace 16 años, cuando entró en vigor.

Así pues, los cambios del Reglamento de Ordenación de Transportes Terrestres incluyen la obligatoriedad de consignar en el documento de control la identificación de la autorización especial de circulación otorgada por la Jefatura de Tráfico correspondiente en caso de que se trate de un transporte especial.

Según ha podido constatar Fenadismer, en los últimos meses se están incoando numerosos expedientes sancionadores contra las empresas transportistas que no hacen constar dicha identificación de la DGT en el documento de control, una infracción que implica una sanción por importe de 401 euros, ya que se considerar un dato esencial a consignar en el documento de control del transporte.

El documento de control se estableció en 2003 con el objetivo de dotar de transparencia al mercado de transporte. En él deben constar los actores que intervienen en la contratación de los servicios de transporte y la mercancía que lleva a bordo del vehículo, a fin de facilitar el control por parte de los servicios de inspección.

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