La CNMC amplía el expediente sancionador en el sector de papel y embalajes de cartón ondulado a ocho empresas más

Las empresas incoadas se elevan ya a veintidós además de la asociación sectorial por supuestos intercambios de información y acuerdos de precios, entre otras conductas investigadas.

27/05/2014 a las 8:27 h

[caption id="" align="aligncenter" width="480" caption="Se mantiene vigente el plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC"][/caption]

La Comisión Nacional de Mercados y Competencia (CNMC) continúa la investigación que lleva a cabo en el expediente sancionador contra la asociación sectorial de embalajes de cartón ondulado y catorce empresas presentes en los mercados de fabricación de papel y cartón ondulado, ampliando la misma a ocho empresas más por posibles prácticas restrictivas de la competencia. 

En concreto, se trata de las empresas Saica Pack, Microlan, Murcia Cartón, Papelera del Ebro, Daniel Aguiló Panisello, Diseño de contenedores y embalajes, Suministros industriales de cartón y envases, y Cartonajes Europa.

En el marco de la instrucción del mencionado expediente, la Dirección de Competencia ha tenido acceso a determinada información, obtenida en las inspecciones realizadas el 10 y 11 de abril de 2014 y el 20 y 21 de noviembre de 2013, de la que puede deducirse la existencia de indicios racionales de la participación en las conductas investigadas de las ocho nuevas empresas citadas anteriormente. 

En concreto, se trata de supuestos intercambios de información y acuerdos de precios así como reparto de clientes en el mercado de fabricación del cartón ondulado y su transformación en productos de embalaje o envasado, que podrían ser constitutivas de una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC). Por esta razón, se ha ampliado la incoación del expediente sancionador contra estas ocho empresas.

Por ello, se mantiene vigente el plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, sin que la ampliación de la incoación prejuzgue el resultado final de la investigación.

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