La Comisión Europea establece los pasos a seguir para informar de las emisiones de los buques

La CE publica el Reglamento que establece los modelos y normas técnicas para presentar planes de seguimiento, informes de emisiones y documentos de conformidad en el transporte marítimo.

08/11/2016 a las 1:52 h

contaminación marítima

Reglamento UE 2016/1927 de la Comisión Europeaque se puede descargar en este enlace (disponible en formato pdf, de 21 páginas y 418 Kb).

La Comisión Europea ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea del 5 de noviembre el Reglamento UE 2016/1927, sobre los planes de seguimiento, informes de emisiones y documentos de conformidad contemplados en el Reglamento (UE) 2015/757, relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de dióxido de carbono generadas por el transporte marítimo.

Las empresas deberán elaborar el plan de seguimiento al que se refiere el citado Reglamento empleando un modelo que corresponda al recogido en el anexo I. Podrán dividir el plan de seguimiento en una parte dedicada a la empresa y otra dedicada a los buques, a condición de que se incluyan todos los elementos contemplados en dicho anexo.

A la hora de presentar el informe de emisiones, las empresas utilizarán la versión electrónica del modelo disponible en el sistema de información automatizado de la Unión THETIS SNV, gestionado por la Agencia Europea de Seguridad Marítima.

En lo que se refiere a la expedición de un documento de conformidad con arreglo al Reglamento (UE) 2015/757, el verificador facilitará los datos pertinentes empleando la versión electrónica del modelo disponible en THETIS SNV.

El presente Reglamento UE 2016/1928 entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

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