La Comisión Europea investiga un posible pacto para la subida de precios entre navieras de contenedores

Las empresas investigadas, han estado publicando regularmente, su intención de aumentar precios y la fecha en la que se aplicarían, hecho que puede dañar a la competencia y a los clientes.

25/11/2013 a las 0:31 h

Terminal de contenedores del Puerto de Tánger-Med en Marruecos.

La Comisión Europea, ha anunciado la apertura de una investigación formal contra varias navieras de transporte marítimo regular de contenedores, ante la sospecha de que han participado en un acuerdo ilegal para subir precios de forma coordinada, hecho que viola las normas de la Competencia.

Desde 2009, las navieras investigadas, que no han sido identificadas por el Ejecutivo europeo, anuncian regularmente su intención de aumentar los precios en comunicados de prensa publicados en sus sitios web y en la prensa económica especializada.

Según Bruselas, estos anuncios se hacen varias veces al año y precisan la cantidad de incremento del precio y la fecha en la que se aplicarán, que habitualmente es similar para todas las compañías.

"Esta práctica permite a las compañías, informarse mutuamente de sus intenciones futuras en materia de precios y podría dañar a la competencia y a los clientes al aumentar los precios", ha explicado la institución.

La actividad investigada, consiste en el transporte de contenedores por barco en horarios prefijados y en una ruta específica, entre una serie de puertos en un extremo, como por ejemplo Shanghai-Hong Kong-Singapur, y otra serie de puertos en el otro extremo, por ejemplo Rotterdam-Hamburgo-Southampton.

De este modo, la Comisión Europea examinará ahora, si este comportamiento equivale a una práctica concertada, vulnerando las disposiciones de los Tratados y normas comunitarias, que prohíben acuerdos anticompetitivos y prácticas concertadas.

Este tipo de investigaciones no tienen plazos legales, como ha subrayado el Ejecutivo, por tanto su duración depende de una serie de factores como la complejidad del caso, la colaboración de las compañías y el ejercicio del derecho de defensa. Además, la apertura del proceso no prejuzga su resultado final.

 

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