La exención del IVA en el sector de la subcontratación y del transporte de construcción está ocasionando un "caos"

Las empresas constructoras están paralizando a sus transportistas cualquier tramitación de facturas así como los pagos correspondientes a las mismas de fechas anteriores al 31 de octubre de 2012, "ante el desconcierto que ha generado la nueva ley".

12/11/2012 a las 10:07 h

Transporte en el sector de la construccion

La entrada en vigor el pasado 30 de octubre de la Ley 7/2012 de modificación de la normativa tributaria y de lucha contra el fraude fiscal, sigue provocando algunos problemas al sector de transporte de mercancías  por carretera en esta primera fase de adaptación.

Así, según denuncia Fenadismer, está ocasionando “un auténtico caosen el sector de la subcontratación y transporte de construcción como consecuencia de la modificación introducida en la ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, mediante la cual se establece que estarán exentas de IVA “todas las facturas relativas a servicios de ejecuciones de obras, lleven o no aparejada la aportación de materiales, y que tenga por objeto la urbanización de terrenos o la construcción o la rehabilitación de edificaciones”, aplicándose dicho régimen de exención de IVA tanto al contratista principal como a cualesquiera de los subcontratistas.

Según la asociación de transportistas, como consecuencia de dicha modificación legal, las empresas constructoras están comunicando a sus proveedores, subcontratistas y transportistas de la construcción, que “ante el desconcierto que la nueva ley ha generado” y “la falta de clarificación por parte de la Administración” se han visto obligados temporalmente a paralizar cualquier tramitación de facturas así como los pagos correspondientes a las mismas de fechas anteriores al 31 de octubre de 2012.

Además, los subcontratistas y transportistas de la construcción que no hayan terminado su trabajo para la constructora antes del 30 de octubre, y ya hubieran emitido facturas con anterioridad a dicha fecha, deberán proceder a realizar facturas rectificadas anulando el IVA repercutido en su día y devolviendo el IVA cobrado a la empresa constructora.

Ante dicha confusión y abuso, Fenadismer ha solicitado al ministerio de Hacienda que dicte con carácter urgente una resolución interpretativa para que “aclare el alcance de dicha reforma legal así como la legalidad de las nuevas exigencias que las empresas constructoras están imponiendo a los subcontratistas y transportistas de la construcción sobre rectificación de facturas y retención de pagos”.

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