La Justicia declara nulas las restricciones a la circulación de Navarra

Las resoluciones de la Administración navarra para regular el tráfico fueron dictadas sin tener competencias delegadas.

13/10/2015 a las 23:55 h

controles de la policia foral en las carreteras navarras Navarra recurrirá ante el Supremo la sentencia del TSJN.

Tal y como había informado cadenadesuministro.es el pasado miércoles 7 de octubre, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha declarado nulas las resoluciones aprobadas por el gobierno de Navarra en los años 2014 y 2015 por las que se establecían restricciones anuales a la circulación de camiones en la Comunidad Foral.

La sentencia del tribunal recoge que dichas regulaciones “vulneran el régimen de competencias establecido en el ordenamiento español”, ya que la potestad para limitar el tráfico de vehículos en las carreteras navarras es sólo del Estado.

Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer) recuerdan que, a diferencia de las competencias en materia de regulación del tráfico de Cataluña y País Vasco, otorgadas por los Reales Decretos 3256/1982 y 391/1998 respectivamente, en el caso de Navarra dichas resoluciones fueron dictadas sin tener competencias delegadas.

Los textos navarros se basan en una pretendida competencia recogida en su Estatuto de Autonomía, que atribuye a la administración navarra competencias en materia de infraestructuras de carreteras así como a sus competencias históricas en materia de policía de carretera, “pero no de regulación y ordenación del tráfico”, según señala ahora expresamente el Tribunal Superior de Navarra.

El gobierno navarro ha decidido reaccionar frente a dichas sentencias judiciales, acordando recientemente presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, al entender que los fallos son “lesivos” para la Comunidad Foralpor “no ser conformes” a la delimitación de competencias recogido en la Constitución ni en las Leyes forales de carreteras y de policía.

Lo más leído