Los vehículos ligeros de más de 3,5 toneladas necesitarán licencia comunitaria

A partir del 4 diciembre se exigirá poseer licencia comunitaria a los vehículos ligeros de transporte de mercancías de más de 3,5 t. que realicen transporte internacional, lo que afecta a unas 6.000 empresas transportistas.

02/11/2011 a las 13:00 h

El próximo 4 de diciembre entrará en vigor el Reglamento europeo 1072/2009, por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera

El reglamento exigirá a todos los transportistas españoles con vehículos ligeros de más de 3,5 t. de masa máxima autorizada poseer la autorización europea denominada licencia comunitaria, para poder realizar transportes internacionales en el ámbito de la Unión Europea. 

En la actualidad la licencia comunitaria sólo se exige a los transportistas titulares de vehículos pesados, pero con la entrada en vigor de dicho reglamento también se exigirá a los titulares de vehículos ligeros.

La licencia comunitaria se solicita ante el Ministerio de Fomento, aunque todavía no se ha publicado el procedimiento para su tramitación mediante la correspondiente norma reglamentaria.

Asimismo, se estima que dicha medida afectará a unas 6.000 empresas transportistas y unos 10.000 vehículos ligeros que realizan transporte internacional. Hay que tener en cuenta que en el año 2010 las empresas titulares de dicha categoría de vehículos realizaron más de 442.000 desplazamientos por la Unión Europea.

Según establece la nueva norma, en cada vehículo deberá llevarse una copia auténtica de la licencia comunitaria otorgada por el Ministerio, la cual deberá presentarse siempre que lo requieran los agentes de control.

En este sentido, la gendarmería francesa ha informado que a partir de la entrada en vigor del mismo van a llevar una campaña de control sobre los vehículos de transporte ligeros para comprobar el cumplimiento de dicho requisito, sancionando en caso contrario.

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