Luxemburgo suspende la exigencia de comunicación de datos a los trabajadores desplazados

La suspensión impuesta por la Inspección de Trabajo se mantendrá hasta que todas las disposiciones específicas para el sector del transporte sean implementadas en la legislación nacional.

23/01/2018 a las 22:02 h

conductor de camion camionero transportista Desde mayo, los operadores de transporte debían comunicar los datos del trabajador desplazado, el lugar y la duración prevista de la actividad.

El Ministerio de Trabajo de Luxemburgo, a través de la Inspección de Trabajo, ha suspendido la obligación de información con respecto a los trabajadores desplazados, por lo que por el momento no realizará la verificación del cumplimiento de las normas del país sobre el salario mínimo social para los conductores de camiones.

Así lo ha explicado la Federación Regional de Organizaciones Empresariales del Transporte de Murcia, Froet, haciéndose eco de la información de la Unión Internacional del Transporte por Carretera, IRU. Desde mayo de 2017, a los conductores asalariados desplazados que realizaban transporte con origen o destino y cabotaje se les exigía una comunicación telemática previa al desplazamiento.

A través de un portal habilitado al efecto, los operadores de transporte debían indicar los datos del trabajador, el lugar y la duración prevista de la actividad. Además, la normativa exigía tener un representante designado en el país, a efectos sobre todo de un posible requerimiento de inspección.

Esta nueva suspensión impuesta por la Inspección de Trabajo se mantendrá hasta que todas estas disposiciones específicas para el sector del transporte sean convenientemente implementadas en la legislación nacional de Luxemburgo.

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