Nueva delimitación de espacios y usos portuarios del puerto de Cartagena

El nuevo documento incorpora diversas parcelas en diferentes zonas del espacio portuario que también se orientan a diversos usos, especialmente comerciales y complementarios.

23/09/2019 a las 10:04 h

Puerto de Cartagena La nueva delimitación de espacios y usos portuarios redefine la zona de aguas del puerto de Cartagena en la punta del Gate y en las isla de Escombreras.

Con todos los informes preceptivos a favor y finalizado el trámite de información pública, la nueva delimitación de espacios y usos portuarios del puerto de Cartagena ha sido publicada oficialmente en el Boletín Oficial del Estado este pasado lunes, 23 de septiembre.

Los terrenos que ocupa el enclave cartagenero incorporan a la zona de servicio terrestre una parcela de 1.910 m², denominada A6, correspondiente a la antigua nave de almacenamiento de titularidad patrimonial adquirida por la Autoridad Portuaria de Cartagena en el muelle de Santa Lucía.

También se añade a la zona de servicio terrestre una parcela propiedad de la Autoridad Portuaria de 1.545 m², denominada A8, correspondiente al acceso viario a la zona noroeste de El Fangal en la dársena de Escombreras, además de otras superficies generadas por las obras ejecutadas dentro de la zona de servicio portuaria desde 2014.

Por lo que respecta a los usos portuarios se asigna uso portuario comercial a la superficie de 1.552 m² generada como consecuencia de las obras de relleno entre el edificio del Real Club de Regatas de Cartagena y la explanada de atraque de cruceros, a la superficie de 1.626,31 m² generada como consecuencia de la ejecución de las obras de ampliación del atraque de cruceros, a la parcela de 1.910 m² incorporada a la zona de servicio del puerto, denominada A6, correspondiente a la antigua nave de almacenamiento de titularidad patrimonial de la Autoridad Portuaria de Cartagena, y a la superficie de 1.626 m² generada como consecuencia de la ejecución de las obras del nuevo pantalán en el frente E002 de la dársena de Escombreras.

Además, se asigna uso portuario náutico-deportivo a la parcela de 43,57 m² generada como consecuencia de la ejecución de la obra del nuevo pantalán de abrigo en la dársena de Santiago, así como uso portuario complementario a la parcela de titularidad patrimonial de 1.545 m² en la dársena de Escombreras, denominada A8, necesaria para el acceso viario a la zona noroeste de El Fangal.

Adicionalmente, también se redefine la zona de aguascomo consecuencia de la ejecución de las obras de infraestructura portuaria ejecutadas y a la incorporación de dos superficies a la Zona I y Zona II de aguas del puerto, en la punta de Gate y en la isla de Escombreras.

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