Nueva normativa para recibir ayudas del Fondo de Reestructuración del Sector de la Construcción Naval

Estas ayudas se destinarán a la investigación, desarrollo e innovación y los procedimientos para obtenerlas se realizarán a través de la DGIPYME.

16/12/2015 a las 2:18 h

La Naval se encuentra sumergida en la construcción del buque fall pipe para el armador belga Jan de Nul Esta norma se mantendrá hasta el 31 de diciembre del 2020.

Orden IET/2679/2015 de 4 de diciembre por la que se aprueban las normas de aplicación del Fondo de Reestructuración del Sector de Construcción Navalse puede descargar en este enlace (disponible en formato pdf, de 27 páginas, 582 Kb).

El Ministerio de Industria acaba de publicar la Orden IET/2679/2015, de 4 de diciembre, por la que se aprueban las normas de aplicación del Fondo de Reestructuración del Sector de Construcción Naval para ayudas a la investigación, desarrollo e innovación.

Esta Orden supone la aprobación de los criterios de acceso y procedimiento aplicables a las ayudas con cargo al Fondo de Reestructuración del Sector Naval y tendrá un periodo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.

El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concesión directa, regulado en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento de aplicación aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en el Real Decreto 442/1994, de 11 de marzo, sobre primas a la construcción naval y en el Real Decreto 1511/2005, de 19 de diciembre, por el que se adapta la normativa sobre ayudas a la construcción naval a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Además, el procedimiento se realizará con los medios personales de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Medina Empresa, DGIPYME, y no generando incremento de dotaciones, ni retribuciones ni otros costes de personal.

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