Publicada una actualización de las recomendaciones sobre el nuevo límite de azufre de la OMI

La guía incluye pautas para los armadores sobre las últimas decisiones de la OMI respecto a la no disponibilidad de combustibles reglamentarios, así como la gestión, la seguridad o la calidad de dichos combustibles.

05/07/2019 a las 0:16 h

Nuevos límites de la OMI a las emisiones de azufre en el transporte maritimo El próximo 1 de enero de 2020 entra en vigor el nuevo límite de azufre de la OMI.

La Cámara Naviera Internacional (ICS) ha publicado recientemente una actualización de su guía con una serie de recomendaciones para cumplir las nuevas normas de la Organización Marítima Internacional (OMI) sobre el límite de azufre en los combustibles marinos, que entrarán en vigor en menos de seis meses, el próximo 1 de enero de 2020.

Este nuevo límite obligará a toda la flota mercante mundial a utilizar combustibles reglamentarios, es decir, con un contenido de azufre de menos del 0,50%, o que utilicen tecnologías alternativas como los sistemas de depuración de gases de exhaustación (scrubbers).

Esta actualización incluye recomendaciones sobre las últimas decisiones de la OMI como los informes de no disponibilidad de combustibles reglamentarios, la seguridad o la calidad de dichos combustibles. Con estas pautas ICS pretende evitar a los armadores dificultades con las inspecciones del Control del Estado del Puerto y permitir a las tripulaciones "superar los desafíos prácticos de un escenario de múltiples combustibles para un buque".

La guía tambien incluye de manera detallada los requisitos necesarios para poder tomar muestras de combustible a bordo y verificar el cumplimiento de la norma, una sección sobre la gestión de los distintos combustibles posibles a bordo, una lista de preguntas frecuentes actualizada y un nuevo apéndice con la plantilla estándar de la OMI del informe de no disponibilidad de fuel oil (FONAR).

Etiquetado
Lo más leído