Publicado el IV Acuerdo Marco de la Estiba en el BOE

Tiene una vigencia de cuatro años, desde el momento de su firma en julio de 2013 hasta el 31 de enero de 2017, y se prorrogará anualmente si ninguna de las partes presenta ninguna objeción.

31/01/2014 a las 14:49 h

 

IV Acuerdo de la Estibapuede descargarse en este enlace el documento publicado en el Boletín Oficial del Estado y que fue ratificado por los sindicatos Coordinadora, UGT, CCOO y Giga y la patronal Anesco (disponible en formato pdf, de 40 páginas y 614 Kb).

Finalmente, el pasado jueves 30 de enero se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, el IV Acuerdo Marco de la Estiba, por el que se regulan las relaciones laborales en el sector de la estiba portuaria.

Este acuerdo fue suscrito el pasado 29 de julio de 2013 por la Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarias de Buques (ANESCO) y por las organizaciones sindicales Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar, UGT, CCOO y CIG. El 17 de enero, era aprobado por la Dirección General de Empleo, quedando a la espera de la publicación en el BOE. Desde el día

De este modo, desde el día de la firma el acuerdo ha entrado y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017. Cualquiera de los firmantes podrá denunciarlo con tres meses de antelación a su vencimiento inicial o, en su caso, al de cualquiera de sus prórrogas.

La ausencia de denuncia por las partes, prorrogará el acuerdo de año en año y ello, sin perjuicio del derecho de las partes legitimadas de promover su revisión durante su vigencia.

Si finalmente, se realiza una denuncia, las partes legitimadas deberán constituir la comisión negociadora en el plazo de un mes e iniciar las negociaciones. Durante la negociación, se prorrogarán íntegramente las condiciones consolidadas al momento del vencimiento, continuando vigente en su totalidad.

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