Restricciones a la circulación de vehículos de transporte en el País Vasco en 2013

Los transportes de mercancías en general en la temporada de verano tendrán prohibido circular los sábados, domingos y festivos desde las 11 hasta las 14 horas en algunos tramos de la A-8, y los domingos y festivos desde las 16 hasta las 22 horas .

07/05/2013 a las 10:56 h

Transporte por carretera en el Pais Vasco

Con fecha de 21 de diciembre de 2012 ha sido publicada en el BOE la Resolución del Gobierno Vasco de 4 de diciembre de 2012 por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2013 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Transporte de mercancías en general, vehículos de más de 7.500 kg de MMA.

Entre el 1 de junio y el 15 de septiembre, se prohibe la circulación en las siguientes fechas y horarios:

• Sábados, domingos y festivos desde las 11 hasta las 14 horas en A-8 (desde km 115 al límite provincia Cantabria, sentido Cantabria y en N-1, entre el enlace N-622 y Treviño y entre Treviño y el límite con la provincia de Burgos, ambos sentido Burgos).

• Domingos y festivos desde las 16 hasta las 22 horas en los mismos tramos de las carreteras antes señaladas, pero sentido País Vasco.

En la A-8 desde km. 115 al límite Cantabria y N-634 desde km. 107 al límite Cantabria, en ambos casos sentido Cantabria, desde las 17 hasta las 22 horas los días 28 junio, 11, 24 y 31 octubre y 5 diciembre y desde las 11 hasta las 14 horas los días 29 junio, 12 y 25 octubre, 1 noviembre y 6 diciembre. En esas mismas carreteras, pero sentido Bilbao, desde las 16 hasta las 22 horas los días 13 y 27 octubre, 3 noviembre y 8 diciembre.

En la N-I desde enlace N-622 hasta Treviño y desde Treviño al límite provincia de Burgos sentido Burgos, en N-240 en Vizcaya desde km. 11 al 43 y en Alava desde km 23 al 5, ambos sentido Vitoria y en A-8 desde km 115 al límite Cantabria y N-634 del km 107 al 136 ambos sentido Cantabria , los días 27 marzo y 26 y 30 julio desde las 17 hasta las 22 horas y los días 28 marzo, 25, 27, 31 julio y 30 agosto desde las 10 hasta las 15 horas. En esas mismas carreteras pero sentido Vitoria en la N-I y sentido Bilbao en el resto los días 1 abril, 15 y 31 agosto, 1 septiembre, 25 diciembre y 1 enero 2014 desde las 16 hasta las 22 horas.

Exenciones:están exentos de cumplir las anteriores restricciones los siguientes tipos de transporte: mercancías perecederas, animales vivos, instalación de ferias y espectáculos, prensa, correo, venta ambulante, grúas de asistencia en carretera, unidades móviles de medios de comunicación, vehículos en vacío relativos a los anteriores tipos de transporte.

Restricciones al Transporte Transfronterizo, los días 1 abril, 1, 8, 9 y 20 mayo, 15 agosto 1, 11 noviembre, 25 diciembre y 1 enero 2014 desde las 22 horas de la víspera hasta las 22 horas de los referidos días en las siguientes carreteras:

• AP-8 desde Erletxe a la Frontera con Francia, sentido Behovia

• GI-20 desde enlace AP-8 Aritzeta hasta AP-8 Errenteria, sentido Francia

• A-15 límite provincia Navarra hasta km. 156, sentido Andoain

• N-I desde límite Burgos hasta Treviño y dese Treviño hasta enlace N-622, sentido Vitoria y desde límite Navarra hasta enlace AP-8 / AP-1 Lasarte, sentido Francia

• GI-636 desde enlace GI-20 Pasaia hasta Behobia, sentido Francia

• GI-11 desde enlace N-1 - km 0 hasta enlace GI-20 – km 2,52, sentido San Sebastián

• N-121A desde límite Navarra hasta Behobia, sentido Francia

Transporte de mercancías peligrosas

Se prohibe la circulación en ambos sentidos en toda la red de carreteras del País Vasco los domingos y festivos en la Comunidad desde las 8 hasta las 24 horas y las vísperas (no sábados) de festivos desde las 13 hasta las 24 horas. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8 hasta las 24 horas.

Además, a los vehículos que transporten mercancías peligrosas de más de 7.500 kg de MMA se les aplicarán las restricciones establecidas para los transportes de carga general.

Exenciones:

Transportes de gases licuados de uso doméstico a puntos de distribución o consumidores; materias para aprovisionamiento de estaciones de servicio o consumo propio para el aprovisionamiento de vehículos de transporte; gasóleos de calefacción para uso doméstico; gases para Centros Sanitarios o particulares para asistencia domiciliaria; combustibles para puertos y aeropuertos o productos para el funcionamiento de Centros Industriales.

Itinerarios para la circulación:

Se efectuarán los desplazamientos por la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas RIMP: AP-8 de Behobia a enlace BI-625 y del km. 115 al 129; A-8 del enlace AP-68 (km. 114) a Miraflores (km. 115) y desde enlace N-637 (km. 122) a Cantabria (km. 139); BI-625 del enlace AP-68 al enlace AP-8; AP-68 del enlace A-8 al límite de La Rioja; N-637 del enlace A-8 Barakaldo a enlace AP-8 Erletxe; N-622 de Vitoria a Altube AP-68; AP-1 del límite de Burgos a enlace A-1 en Armiñón; N-1del límite de Burgos a límite de Treviño, del límite de Treviño al límite de Navarra y del límite de Navarra  al enlace AP-8; A-15 del límite de Navarra Berastegi a Andoain enlace N-1).

Estará prohibido circular por el túnel de Malmasín, salvo las exenciones previstas por el ADR. El tránsito por la N-634 sólo se utilizará para acceder o salir de Bilbao.

Transportes especiales

Los transportes que por sus características técnicas o por la mercancía que transportan precisen autorización especial para circular, tienen restringida la circulación los sábados y vísperas de festivos desde las 13 hasta las 24 horas y los domingos y festivos desde las 0.00 h hasta las 24 horas. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8 hasta las 24 horas.

Lo más leído