Termina el plazo para solicitar ayudas para los transportistas autónomos que abandonen la actividad

El 24 de mayo concluye el plazo para solicitar las ayudas publicadas por el Ministerio de Fomento, para todos los transportistas autónomos que deseen cesar la actividad de transporte público por carretera.

13/05/2012 a las 21:02 h

transporte carretera mercancías

El próximo jueves, 24 de mayo, termina el plazo para solicitar las ayudas publicadas por el Ministerio de Fomento el 24 de abril de este año, para todos los transportistas autónomos que deseen cesar la actividad de transporte público por carretera, conforme a la resolución de 17 de abril de 2012, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, y de acuerdo a la Ley 38/2003, General de Subvenciones, que establece el procedimiento para el otorgamiento de subvenciones.

La Orden FOM/2258/2011, de 21 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, establece que la competencia para acordar la convocatoria de estas ayudas la ejerce el Secretario General de Transpo

Los beneficiarios de estas prestaciones deben cumplir los siguientes requerimientos:

• Ser transportista autónomo de mercancías, de ligero o pesado, o de viajeros.

• Tener 58 años o más.

• Transportistas autónomos que tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.

• Dados de alta como autónomos, de forma ininterrumpida en la Seguridad Social, durante los últimos 10 años. Se permitirá, no obstante, una única interrupción por periodo no superior a tres meses.

• Ser titular, de forma ininterrumpida, durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones de transporte público, debiendo al menos una encontrarse vigente en el momento de la solicitud. Se permitirá una única interrupción por periodo no superior a tres meses.

• No haber renunciado o no haber aportado la documentación en la aplicación a otras ayudas al abandono de la actividad que hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los tres años anteriores.

• La obligación de mantener en vigor la autorización por la que se recibe la ayuda hasta la fecha de la renuncia que deberá producirse una vez se conceda la ayuda.

En cuanto al importe de las ayudas, se calcularán dependiendo de la edad del transportista autónomo, y pueden llegar a ser de hasta 30.000 euros.

La importancia de que los autónomos se acojan a las ayudas por cese de actividad, radica en contar con una ayuda justo en el momento del abandono de la actividad. Una vez pasado el plazo para acogerse a las ayudas a autónomos transportistas por cese de actividad, no podrán acceder a ningún tipo de retribución.

Aquellos interesados en acceder a las ayudas, pueden descargar a continuación el formulario de solicitud.

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