Trabajo admitirá los datos del tacógrafo para justificar el abono de las dietas

El Ministerio de Trabajo se compromete con el Comité Nacional a establecer un criterio homogéneo, para que los inspectores admitan los datos del tacógrafo sin pedir más pruebas del abono de las dietas.

16/09/2019 a las 11:35 h

carretera acceso Valencia El criterio para justificar las dietas varía en función del inspector encargado de analizar cada situación.

Desde hace mucho tiempo, la justificación del pago de las dietas a los conductores profesionales viene siendo un quebradero de cabeza para las empresas de transporte que, además, ven cómo el criterio variaba dependiendo del funcionario que realizara la inspección.

Con el fin de intentar buscar una solución que permita contar con un criterio homogéneo, el Comité Nacional de Transporte por Carretera se ha reunido el pasado 13 de septiembre con el director general de la Oficina Nacional contra el Fraude y la Seguridad Social.

En el encuentro, el director general se ha comprometido a dictar en breve plazo un nuevo criterio técnico actualizado para que todos los inspectores de Trabajo del país admitan como medio de prueba del abono de las dietas exclusivamente los datos contenidos en el tacógrafo, sin necesidad de que la empresa transportista tenga que aportar documentación adicional.

El Ministerio de Trabajo ya estableció en 2005 un Criterio Técnico en relación a esta cuestión, señalando que en relación a las dietas que se abonen a los conductores asalariados para compensar sus gastos de manutención o alojamiento, en caso de desplazamiento fuera de su municipio de lugar de trabajo o residencia, es necesario justificar la realidad de dicho desplazamiento “pudiendo ser prueba suficiente de los mismos los datos de los tacógrafos o cualquier otro medio de prueba admitido en Derecho”, aunque algunos inspectores de Trabajo han pedido que se justifique el gasto real de dichas dietas no solo en el caso de alojamiento, sino también el caso de la manutención.

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