UGT rechaza la sentencia europea contra la estiba española

Desde el sindicato se reafirman en la defensa del actual sistema portuario, alegando que la sentencia no es acorde a la realidad, además de obviar argumentos y objetivos fundamentales de la estiba española.

15/12/2014 a las 11:13 h

estibadores portuarios

Tras el reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia contra el sistema de estiba español, desde el Sector Marítimo-Portuario de SMC-UGT, a la espera de realizar un análisis más exhaustivo, han rechazado la misma y planteado una serie de consideraciones a ser tenidas en cuenta.

En primer lugar, desde el sindicato entienden que, la sentencia en cuestión, "obvia argumentos fundamentales para conocer y entender el Sistema Portuario de Estiba establecido en los puertos españoles".

En este sentido, destacan que la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en lo que se refiere a la prestación del Servicio Portuario de Estiba, "fue establecida con el pleno acuerdo de los interlocutores sociales en beneficio de la estabilidad del empleo y el buen funcionamiento del sector". Además, "dichos interlocutores siguen defendiendo este sistema". 

Restricción a empresas

Con respecto a la "supuesta restricción" de acceso a empresas extranjeras a los Servicios Portuarios de Estiba que el actual sistema supone, desde el sindicato señalan "que dicha afirmación no es acorde a la realidad".

De hecho, "el sistema portuario de estiba español en ningún momento ha impedido el acceso a los operadores portuarios de todo el mundo" a la mayoría de puertos españoles.

Por otro lado, la sentencia "desecha incomprensiblemente" los objetivos fundamentales del establecimiento del actual sistema, ya que el mismo "constituye un servicio de interés general sujeto a obligaciones de servicio público" cuyo objeto es garantizar la regularidad, continuidad y calidad del servicio, así como la necesaria garantía de la protección de los trabajadores. 

Soluciones alternativas

Desde UGT también han señalado que las soluciones alternativas al actual sistema, propuestas por la Comisión Europea a semejanza del establecido en otros Estados miembros, tales como la gestión por las propias empresas estibadores de oficinas de empleo para disponer de mano de obra o creación de una reserva de trabajadores, "son análogas al citado sistema".

Además, ello no evitaría que las empresas estibadoras tuvieran que asumir las mismas cargas financieras o superiores esgrimidas, lo que parece ser una grave preocupación para el Tribunal de Justicia, ya que las considera contrarias a la libertad de establecimiento.

Del mismo modo, desde UGT consideran que la apertura de procesos judiciales en los esquemas laborales portuarios "es una herramienta inadmisible", que está siendo utilizado por la Comisión Europea "para lograr lo que no se pudo conseguir a través de las propuestas de liberalización" rechazadas por el Parlamento Europeo en los últimos años.

Ataque al diálogo social

Asimismo, la presente sentencia "supone un ataque al diálogo social y vulnera las buenas relaciones de trabajo existentes" entre los interlocutores sociales en los puertos españoles, concluyendo el sindicato que si las instituciones de la Unión Europea defienden la libertad de establecimiento por encima de la estabilidad laboral, el proyecto de una “Europa Social” ha fracasado.

Por todo ello, desde el Sector Marítimo-Portuario de SMC-UGT se reafirman en la defensa del actual sistema portuario de prestación de Servicio Portuario de Estiba.

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