La medida afecta al transporte por carretera, ferrocarril y fluvial, sin hacer distinciones sobre el país de origen del vehículo que realice el transporte.
Las exigencias a los transportistas por parte de las autoridades competentes son desproporcionadas en lo que respecta a evitar la inmigración ilegal, ya que son estas las que deben adoptar y ejecutar políticas para paliar los efectos negativos de la misma.
La enmienda establece algunas especificaciones, como aquellos casos en los que se pueden acordar modificaciones menores y limitadas a equipos isotermos.
El texto regula los trámites y documentos necesarios para la obtención del certificado de conformidad de los vehículos que realicen transporte internacional.
El acuerdo enmarca todas las operaciones de transporte bilateral, en tránsito, entrada en vacío y triangular entre los dos países, pero no el cabotaje.
La plataforma establece una comunicación directa vía interfaz con Ekaer, sistema por el que se controlarán los movimientos de las mercancías en este país.
Los cargadores deberán declarar cada envío de mercancía por carretera que transite por las vías húngaras, debiendo hacer frente además a un depósito de seguridad que variará en función de la carga.