Desde el próximo 1 de julio, los transportistas canarios contarán con un nuevo régimen de devolución del gasóleo profesional propio de su comunidad autónoma.
Según refiere la correspondiente Ley regional, por lo que respecta al gasóleo profesional, el tipo de la devolución, expresado en euros por mil litros, estará constituido por la diferencia positiva entre el tipo impositivo de la tarifa segunda del impuesto y el tipo aplicable al gasóleo profesional vigente que, según consta en el propio texto legal , se ha fijado en los 71,86 euros por mil litros, aunque podrá ser objeto de modificaciones futuras por la ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
De igual modo, la base de la devolución para los transportistas estará constituida por el consumo medio de gasóleo profesional que fijará el propio Ejecutivo canario teniendo en cuenta la clase, tipo y potencia del vehículo, la distancia recorrida y el número de empleados de las empresas de transporte de la autonomía.
Por otra parte, será el propio Gobierno autonómico el encargado de determinar las condiciones, los requisitos y el procedimiento para la práctica de la devolución de las cantidades a devolver por el gasóleo profesional.