El nuevo ROTT incluirá multas contra el descanso semanal en cabina de 45 horas o más

El nuevo ROTT, cuya publicación oficial podría ser inminente, entrará en vigor el próximo 1 de julio.

25/01/2018 a las 21:35 h

Las sentencias judiciales están para cumplirse y eso es lo que hará, sin más ni menos, el Ministerio de Fomento con respecto a la prohibición del descanso semanal en cabina de 45 horas de duración o más, a raíz de la sentencia del Tribunal Europeo de la Unión Europea del pasado 20 de diciembre, con motivo de la reforma del ROTT aún pendiente de publicación oficial.

En este sentido, el Ministerio de Fomento ha confirmado que incluirá en el ROTT, según informa Fenadismer, el nuevo tipo infractor en desarrollo del tipo legal ya previsto en la Ley sobre incumplimiento de los descansos obligatorios.

Además, la gravedad de la infracción se calculará en función del tiempo de descanso inadecuadamente tomado en la cabina del camión, con el fin de que entre en vigor el próximo 1 de julio, junto con el resto del texto reformado del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Fenadismer estima que este tipo de infracciones afectará casi exclusivamente a transportistas procedentes de otros países que pretendan realizar dicho descanso semanal en España a bordo de sus vehículos.

Opiniones a favor y en contra

Algunos sindicatos, como Comisiones Obreras esta misma semana, así como algunas asociaciones empresariales habían pedido de manera insistente en los últimos días que se aplicara inmediatamente la prohibición del descanso semanal de 45 horas o más en cabina, en la línea que ya han seguido algunos países europeos, el último de los cuales ha sido los Países Bajos.

Sin embargo, esta medida es polémica y suscita opiniones en contra, como la de los cargadores europeos, que creen que esta prohibición acentuará la escasez de conductores profesionales existente en toda Europa.

Así mismo, un informe del Parlamento Europeo presentado en la Comisión de Transporte y Turismo esta misma semana apoya la prohibición del descanso semanal extendido en cabina, aunque también reconoce que por motivos de seguridad, “los conductores no deben ser separados de sus vehículos”, así como que “el descanso en cabina es algo común en el sector del transporte” y propone “la introducción de una excepción a la norma general de no disfrutar de los descansos semanales en la cabina, a condición de que se disfrute en zonas de estacionamiento reservadas certificadas.

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