Europa quiere eliminar el bloqueo geográfico en el e-commerce.
El Consejo Europeo ha llegado a un acuerdo sobre un proyecto de Reglamento destinado a prohibir el bloqueo geográfico injustificado entre Estados miembros, que consiste en una práctica discriminatoria que impide al comprador on-line de un Estado miembro acceder a productos o servicios de sitios web basados en otro Estado miembro y adquirirlos.
La finalidad del Consejo es poner fin a la discriminación basada en la nacionalidad, el lugar de residencia o el lugar de establecimiento de los clientes, impulsando de este modo el e-commerce.
Según señalan desde el organismo internacional, las nuevas normas mejorarán considerablemente el sector del comercio electrónico y darán a los ciudadanos acceso a una mayor gama de bienes y servicios.
La decisión se ha tomado este lunes 28 de noviembre, seis meses después de que la Comisión Europea presentase su propuesta al Consejo, y sienta las bases para que las negociaciones entre Comisión, Consejo y Parlamento, que aún debe aprobar su posición, se inicien cuanto antes para finalizarlas durante el próximo 2017.
Igualdad de acceso a los bienes y servicios
El principal objetivo de la propuesta es evitar la discriminación de consumidores y empresas en lo que se refiere al acceso a las condiciones de precio, de venta y de pago cuando compran mercancías y servicios en otro país de la UE.
Con arreglo a las nuevas normas, los comerciantes no podrán discriminar entre clientes por lo que se refiere a las condiciones generales, incluidos los precios, que ofrecen para la venta de bienes y servicios en tres casos.
Se trata de aquellos casos en que el comerciante vende mercancías que se entregan en un Estado miembroen el que el comerciante ofrece servicios de entrega o que se recogen en un lugar acordado con el cliente.
Según el texto aprobado por el Consejo, la diferenciación de precios no quedará prohibida, a diferencia de la discriminación de precios, de modo que los comerciantes conservan la libertad de ofrecer diferentes condiciones generales de acceso, incluidos los precios, y de dirigir sus servicios a determinados grupos de clientes en determinados territorios.
Por otra parte, los comerciantes no estarán obligados a entregar las mercancías a clientes fuera del Estado miembro en el que presten el servicio de entrega.