Novedades en el ATP para transportes internacionales de mercancías perecederas

La enmienda establece algunas especificaciones, como aquellos casos en los que se pueden acordar modificaciones menores y limitadas a equipos isotermos.

22/07/2015 a las 0:44 h

Transporte frigorífico

El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación ha publicado en el BOE, este martes 21 de julio, la enmienda al Anexo I del Acuerdo sobre Transportes Internacionales de Mercancías Perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP), adoptada en Ginebra el 11 de octubre de 2013.

Esta enmienda complementa a las publicadas por el Ministerio el pasado 10 de marzo, en las que se modificaba el párrafo 3 del apéndice 1 del primer anexo, y se suprimía el quinto párrafo del anexo 2, con el fin de cambiar los trámites y documentos necesarios para la obtención del certificado de conformidad de los vehículos que realizan transporte internacional.

Entre las modificaciones al Acuerdo recogidas en la resolución, que puede consultarse en este enlace, el texto señala los casos en los que se podrán acordar modificaciones menores y limitadas a equipos isotermos interiores o exteriores añadidos o cambiados.

Por otro lado, de acuerdo a las nuevas especificaciones técnicas, el número de serie de la caja isoterma se ha de complementar ahora con la marca, el modelo, el mes y el año de fabricación del equipo.

La nueva enmienda añade también una medida transitoria que establece que los certificados de conformidad de los vehículos expedidos antes de que entre en vigor el requerimiento citado de la caja isoterma, por el que se debe incluir más información, seguirán siendo válidos hasta la fecha de caducidad prevista inicialmente. 

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