Este jueves, 11 de diciembre, se ha publicado la Orden del Ministerio de Hacienda que desarrolla para 2026 el sistema de estimación objetiva del impuesto sobre la renta, el sistema de módulos y el régimen especial simplificado del IVA.
Según Hacienda, la norma recoge las actividades que pueden tributar mediante el sistema de módulos, que se aplica a agricultores, ganaderos, parte del sector agroalimentario, sector del transporte y actividades de comercio al por menor, principalmente.
Así mismo, tal y como se esperaba, la Orden mantiene una reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos, el mismo porcentaje de reducción en la tributación que se ha aplicado ya entre 2020 y 2024, y que, a juicio de Hacienda, beneficiará a todos los autónomos que tributen mediante este método de estimación objetiva.
En este sentido, se mantiene el límite máximo para poder continuar acogido al régimen de módulos en una facturación anual de 125.000 euros, siempre que su facturación se realice en más de un 50% a empresas o profesionales.
Por otra parte, respecto al IVA, la norma publicada hoy en el BOE también mantiene para 2026 los módulos, así como las instrucciones para su uso aplicables en el régimen especial simplificado en el año inmediato anterior, lo que también beneficiará a los profesionales y autónomos acogidos a este régimen de tributación.
La Orden entra en vigor este viernes 12, aunque con efectos para el año 2026.
