Constituído el Consorcio de la Zona Franca de Sevilla

El Consorcio estará presidido por el alcalde de Sevilla y su vicepresidente será un delegado del Ministerio de Hacienda.

28/07/2014 a las 22:10 h

El Ayuntamiento de Sevilla, ha autorizado este lunes 28 de julio, la constitución del Consorcio de la Zona Franca de Sevilla (ZFS), que tendrá por objeto principal el establecimiento y explotación de la zona franca de Sevilla con el fin de promover e impulsar en la misma el desarrollo de actividades de carácter industrial, comercial y mercantil, con el objeto de satisfacer intereses generales.

Asimismo, podrá promover, gestionar y explotar, en régimen de derecho privado, directamente o asociado a otros organismos, todos los bienes de cualquier naturaleza integrantes de su patrimonio situados fuera del territorio de la Zona Franca y que le pudieran pertenecer en virtud de cualquier título admisible en derecho, con el fin de contribuir al desarrollo y dinamización económica y social de su área de influencia.

En la composición del Consorcio el presidente será el alcalde de la ciudad de Sevilla y el vicepresidente un delegado del Ministerio de Hacienda, a los que acompañarán un número determinado de vocales. Además, podrán incorporarse más miembros, modificándose a tal efecto sus estatutos previa aprobación de las autoridades competentes. 

Competencias

El Consorcio de la ZFS tiene plena capacidad para realizar cuantos actos sean necesarios para el desenvolvimiento y logro de su objeto, pudiendo nombrar y separar todo su personal, arrendar y adquirir terrenos, edificios y demás inmuebles necesarios para el establecimiento y buen funcionamiento de las instalaciones, pudiendo acudir a la expropiación forzosa para llevar a cabo su adquisición observando los trámites que prescribe la legislación vigente.

Además, es de su competencia celebrar contratos de suministro de materiales y ejecución de obras relacionados con inversiones o los servicios de la Zona Franca, así como contratar y obligarse a fines de explotación e instalación de la Zona Franca, pudiendo realizar empréstitos, sean o no hipotecarios, y contratar garantías de emisión y seguros de colocación de títulos.

También tiene potestad para aceptar subvenciones, donativos y cesiones de toda clase así como herencias y legados, destinando sus productos a los fines que tienen encomendados, además de para emitir 'warrants' y cualquier otra forma de resguardos de depósitos de mercancías situados dentro de sus instalaciones.

Control financiero

Para el cumplimiento de sus fines el Consorcio tendrá a su disposición y administrará tanto el producto de las tarifas, debidamente legalizadas, que perciba por la utilización de sus instalaciones y servicios, como las subvenciones que, a su favor, acuerden el Estado, las entidades públicas o privadas y los particulares.

También gestionará los importes que por infracción de sus Reglamentos le deban los particulares así como el importe de los daños que se causen por éstos a las obras e instalaciones de la Zona.

El Consorcio tendrá a su disposición los rendimientos obtenidos de sus bienes y derechos de naturaleza patrimonial o por herencia, legado o donación, y los ingresos obtenidos por el uso u otorgamiento de las concesiones y del arrendamiento de superficies de terrenos, talleres y locales, instalaciones y mecanismos existentes en la Zona Franca.

Además, controlará los productos de empréstitos que realice y demás operaciones financieras que autorice el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, así como cualquier otro recurso no previsto en los apartados anteriores que pueda serle atribuido.