El próximo 21 de diciembre entran en vigor los cambios introducidos por el Ministerio de Fomento en el Real Decreto que regula las reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles.
Con este cambio normativo se amolda la regulación española a las Directivas europeasen esta materia.
En concreto, entre las novedades más importantes que se introducen se encuentran la exclusión del ámbito de aplicación del Real Decreto algunos tipos de buques y el establecimiento de una regulación transitoria para los buques de aluminio.
Así mismo, también se han simplificado y racionalizado las definiciones de las zonas marítimas para eliminarse los criterios redundantes o inadecuados, al tiempo que se hace más hincapié en la seguridad marítima, por lo que se toman en consideración los estrechos vínculos existentes entre la seguridad de la navegación, la vida a bordo del buque, las condiciones de trabajo en el mismo y la formación de la tripulación.
Por otra parte, tambén se articulan también algunas otras medidas técnicas y jurídicas de menor caladopara poner al día algunos aspectos complementarios y adaptarlos a la regulación que contienen las Directivas europeas que regulan estos aspectos de la navegación en toda la Unión Europea.